La fachada del Tribunal Supremo en una imagen de archivo / EFE

La fachada del Tribunal Supremo en una imagen de archivo / EFE

Gran Barcelona

El Supremo eleva las penas de tres de los acusados de la 'manada de Sabadell'

Los magistrados consideran que aquellos que estuvieron presentes pero no participaron en la violación son cooperadores necesarios y no solo cómplices

1 marzo, 2023 21:21

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Nuevo giro en el caso de la manada de Sabadell. El Tribunal Supremo ha elevado las condenas para tres de los participantes de la agresión sexual a una joven de 18 años que tuvo lugar en la localidad catalana el pasado 2019. Los magistrados han considerado que esos tres acusados, si bien no fueron autores de la agresión, fueron cooperadores necesarios y que tuvieron una actitud intimidatoria hacia la víctima.

La Sala Penal del TS considera que dicha actitud tiene un plus de gravedad en la intimidad ambiental de la víctima, por lo que no se ajusta la figura de la complicidad, sino que hay que clasificarla como cooperación necesaria. Por ello, dos de los tres acusados, que se enfrentaban a 13 años y medio de prisión ahora harán frente a condenas de 24 años de privación de libertad.

ELEVACIÓN DE PENAS

Por otro lado, sobre el tercer participante pesa una petición de 28 años de cárcel (se enfrentaba a 22) a petición de la Fiscalía. Se trata de una condena por el delito violación y otros 16 como cooperador necesario de la agresión sexual que la mujer sufrió por una cuarta y una quinta persona.

ARGUMENTACIÓN DEL SUPREMO

“Aun no existiendo un plan preordenado, se produce la violación en presencia de otros individuos sin previo acuerdo, pero con conciencia de la acción que conjuntamente se realiza. En estos casos el efecto intimidatorio se produce por la simple presencia o concurrencia de varias personas, distintas del que consuma materialmente la violación, ya que la existencia del grupo puede producir en la persona agredida un estado de intimidación ambiental. Y es que la intimidación siempre y la intimidación grupal inexcusablemente hacen que la víctima adopte una actitud de sometimiento, que no de consentimiento”, argumenta el Supremo.

Segunda sesión del juicio a 'la manada de Sabadell' por una violación múltiple en 2019. En la Audiencia de Barcelona, el 7 de abril de 2021 / EUROPA PRESS

Segunda sesión del juicio a 'la manada de Sabadell' por una violación múltiple en 2019. En la Audiencia de Barcelona, el 7 de abril de 2021 / EUROPA PRESS

Y añade: “en las agresiones sexuales múltiples existe una intensificación de la intimidación que sufre la víctima con efectiva disminución de su capacidad de respuesta, dando lugar todo ello a un aumento cualitativo de la gravedad de la situación, radicalmente incompatible con la complicidad”.

Los hechos tuvieron lugar en 2019, cuando la víctima se dirigía a casa tras salir de una discoteca. Durante el transcurso del trayecto fue asaltada por un hombre que la agarró del cuello, la estampó contra la pared y comenzó a realizarle tocamientos. Luego, la condujo a un local, donde esperaban otros seis hombres. Del total de siete acusados, hay dos que todavía no han sido identificados, mientras que un tercero se ha declarado en rebeldía. Ya dentro del local, fueron tres de los siete los hombres que la violaron.