Varias personas hacen surf en la playa del Bogatell de Barcelona / EFE - ENRIC FONTCUBIERTA

Varias personas hacen surf en la playa del Bogatell de Barcelona / EFE - ENRIC FONTCUBIERTA

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Barcelona permite realizar surf en sus playas con bandera roja: estas son las condiciones

El Ayuntamiento aprueba el decreto que ordena y regula los usos deportivos de las zonas costeras

13 enero, 2023 11:38

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Barcelona permite realizar surf en sus playas en situación de alerta por mal estado de la mar –bandera roja–. En concreto, se podrán realizar deportes como este, el windsurf y el paddle surf en situación de Pre-Alerta y Alerta del Plan Básico de Emergencia Municipal por mal estado de la mar (PAEM). 

Esto se debe a que el Ayuntamiento ha aprobado el decreto que ordena y regula los usos deportivos de las playas, que fija que el responsable de la práctica del deporte es la misma persona que decide realizarlo. 

'PABELLÓN AZUL'

La medida se enmarca en el proyecto del Pabellón Azul, que tiene por objetivo garantizar la convivencia de usos en las playas para que las actividades y los deportes mayoritarios se realicen de forma "respetuosa".

El decreto también establece diferentes requisitos y limitaciones para llevar a cabo las actividades y usos deportivos en función del período del año diferenciando tres temporadas: alta, media o baja.

USOS COMUNES

La nueva regulación parte del principio definido en el artículo 31 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas, que establece el uso libre, público y gratuito para aquellos usos que son comunes en la playa como pasear, bañarse, navegar y pescar, entre otros.

En cambio, para el resto de usos organizados que tengan especiales circunstancias que impliquen intensidad, peligrosidad o rentabilidad se requiere una autorización para poder llevar a cabo estas actividades, dado que se considera que la actividad con ganancia económica debe contribuir al mantenimiento de la playa.

PROHIBICIÓN EXCEPCIONAL

El decreto reglamenta la práctica del surf, windsurf y paddel surf, dado que son actividades de práctica deportiva náutica como establece el Decreto 56/2003, de 20 de febrero, por el que se regulan las actividades físico-deportivas en el medio natural.

En este sentido, establece que en general, está permitida la práctica de estos deportes en situación de Pre-Alerta o Alerta. Sin embargo, las fuerzas y cuerpos de seguridad, excepcionalmente, pueden prohibir expresamente esta práctica si perciben que existe un riesgo grave y concreto para la seguridad de las personas.

Playa de Sant Miquel de Barcelona / ARCHIVO

Playa de Sant Miquel de Barcelona / ARCHIVO

FASE DE EMERGENCIA

En el escenario de circunstancias excepcionales y no vinculadas a las condiciones meteorológicas o del estado del mar, la Guardia Urbana puede actuar de oficio para prohibir la práctica de deportes náuticos si valora que existe un peligro para la salud o vida de las personas (por ejemplo, por la pérdida de la carga o incendio de una embarcación).

No está permitida la práctica del surf, el paddle surf o el windsurf cuando exista activación de la fase de Emergencia del PAEM. Además, se recomienda que las personas que practiquen estas actividades estén en posesión de una licencia federativa o seguro.

TEMPORADAS MEDIA Y ALTA

El decreto recuerda que en las temporadas media y alta, cuando la zona de baño esté delimitada con boyas, el uso de esta zona es exclusivo de los bañistas. En el caso de bandera verde y amarilla, no se permite la práctica del surf, el windsurf o el paddle surf dentro de la zona de baño por el riesgo que supone para los y las bañistas. Estos deportes sólo se pueden practicar fuera de la zona marcada por las boyas, y el acceso al exterior de la zona de boyas debe realizarse obligatoriamente por los canales de embarcaciones establecidos.

En el caso del kitesurf, su práctica está regulada por la Ley de Costas y también por las instrucciones de Capitanía Marítima de Barcelona que prohíben la práctica durante la temporada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre, en las zonas de baño y también el uso de los canales balizados de acceso y salida de embarcaciones o artefactos flotantes.