Según ha podido saber Consumidor Global, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado a la reconocida marca Freshly Cosmetics por premarcar las cookies de su página web. La sanción se eleva a los 4.000 euros, después de comprobar que la empresa de cosmética natural seleccionaba todos los grupos de galletas como "aceptados". Un error que ha salido caro.
MALA PRAXIS
Fue en julio de 2022 cuando la AEPD comprobó la mala práctica de la marca. El pasado mes de enero, la agencia volvió a descubrir otro incumplimiento por parte de la marca en relación con la misma problemática. Al pinchar sobre la opción "solo usar cookies necesarias", se constató que la marca seguía utilizando cookies de terceros no necesarias.
Aceptar las cookies de una página web es responsabilidad del usuario, no de la empresa. El artículo 22.2 de la LSSI establece que "se debe facilitar a los usuarios información clara y completa sobre la utilización de los dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos". Así como de la finalidad del tratamiento de estos. La sanción por el incumplimiento del artículo era de 5.000 euros. Pero al final se ha reducido a los 4.000.