La Junta Electoral de Zona de Barcelona no aprecia indicios de infracción de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) en las dos denuncias presentadas por Junts per Catalunya contra el Ayuntamiento de Barcelona por la difusión del nuevo sistema de control remoto del alumbrado público y la inauguración de una instalación deportiva en el barrio de la Sagrera.
En ambas resoluciones, el organismo electoral considera que no dispone de elementos suficientes para sostener que el consistorio haya vulnerado el artículo 50 de la LOREG, que regula los límites de la actividad institucional durante los periodos electorales.
La denuncia por el alumbrado público
Junts denunció la difusión pública por parte del Ayuntamiento del nuevo sistema de control remoto para encender y apagar el alumbrado de la ciudad.
Sin embargo, la Junta Electoral considera válidos los actos de carácter meramente informativo sobre la finalización de obras públicas o la puesta en marcha de servicios, siempre que no incluyan connotaciones electoralistas ni alusiones a los logros de los poderes públicos.
En este caso, la resolución señala que no consta acreditado que la comunicación municipal denunciada incluyera este tipo de elementos. Por ello, no aprecia indicios suficientes de una infracción electoral.
Tampoco aprecia infracción en el acto deportivo
La segunda denuncia de Junts hacía referencia a la inauguración de una instalación deportiva en el barrio de la Sagrera. La formación consideraba que el acto podía vulnerar el artículo 50 de la LOREG, pero la Junta Electoral tampoco aprecia indicios de infracción en este expediente.
Jordi Martí en Hotel Metrópoli
La resolución recuerda que las inauguraciones institucionales de eventos deportivos no están incluidas, por sí mismas, en la prohibición electoral. El límite está en que ni la organización ni las intervenciones incluyan alusiones a los logros de las autoridades o induzcan, directa o indirectamente, el sentido del voto. La Junta señala que no consta acreditado que se dieran estas circunstancias.
Un recordatorio al Ayuntamiento durante el periodo electoral
Pese a no apreciar infracciones en ninguno de los dos casos, la Junta Electoral recuerda al Ayuntamiento de Barcelona y a sus autoridades que deben cumplir escrupulosamente la normativa durante el periodo electoral. En concreto, les insta a evitar manifestaciones o expresiones en actos institucionales que puedan interpretarse, siquiera indiciariamente, como propias de un acto electoral.
Las resoluciones pueden recurrirse ante la Junta Electoral Provincial en los plazos previstos en cada caso.
