Mientras todos los focos están puestos en el Tribunal Supremo, donde se juzga a políticos y activistas sociales por el caso del 'procés', la justicia española ha resuelto otro caso mediático, el de los sobresueldos de Catalunya Caixa. Y la sentencia ha sido eximidora.

La Sección Octava de la Audiencia de Barcelona ha fallado a favor del expresidente de Caixa Catalunya Narcís Serra, del exdirector general Adolf Todó, y a los otros 39 acusados por administración desleal y de apropiación indebida por los sueldos de la entidad. La sentencia les absuelve de todos los cargos.

INOCENTES

"Los hechos declarados probados no son constitutivos del delito de administración desleal ni del de apropiación indebida sostenido por las partes acusadoras", recoge la sentencia, según ha informado este martes el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).

La Fiscalía rebajó en novimebre de 4 a 3 años la pena de prisión que pedía para los encausados, que finalmente han quedado exonerados. Las acusaciones sostenían que los juzgados cometieron estos delitos por los acuerdos aprobados en varios Consejos de Administración de Caixa Catalunya en los que, en plena crisis económica, con notable reducción de los beneficios, se incrementó el salario de varios de los principales responsables.

AUMENTOS DE SUELDOS

La causa investigaba dos aumentos de sueldo, de los que se benefició Adolf Todó. El primero fue acordado el 19 de enero de 2010, que le reportó un aumento de 700.000 a 800.000 euros y su variable del 35 al 50 %. El otro se aprobó diez meses después, el 13 de octubre de 2010, y le hizo ganar otros 12.000 euros.

Aunque la sentencia asume que los "sustanciosos aumentos salariales" a la cúpula de Caixa Catalunya, luego convertida en CatalunyaCaixa, "resultaban sin duda difícilmente digeribles por la población en el contexto en el que se encontraba", "no es en absoluto misión de este tribunal realizar una valoración moral de las conductas", sino determinar si la conducta es "subsumible o no en la norma jurídico-penal".

Por su parte, la sentencia sostiene que Narcís Serra, "lejos de pretender causar un perjuicio patrimonial a la entidad", perseguía "el máximo rendimiento" y "retener al equipo directivo (de la entidad) mediante remuneración que les fuese atractiva".

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