Gas Natural deberá abonar al Ayuntamiento de Barcelona los 13.783.250 euros correspondientes al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras por la construcción de la Central Térmica de Ciclo Combinado del Puerto de Barcelona. Además tendrá que pagar al Ayuntamiento los correspondientes intereses de la demora.
La compañía está en deuda con el Ayuntamiento, ya que la Sección 1ª de la Sala del Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, finalmente no ha admitido a trámite el recurso de casación interpuesto por Gas Natural. Este iba contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya que desestimó el recurso de la compañía contra la liquidación en concepto de ICIO relativa a las obras de la central finalizadas en 2011. Además el Tribunal Supremo condena a Gas Natural a hacerse cargo de los costes procesales.
NO HABÍA FACTURAS
A finales del mes de agosto del año 2011, cuando el Ayuntamiento de Barcelona inició las actuaciones de inspección para la regularización tributaria del ICIO obra, y de documentación aportada, resultó ser un coste inicial de obra de 444.828.212 euros.
En aquel momento la empresa constructora alegó que el coste de ejecución había sido mucho menor, y que como el contrato se había firmado con la modalidad "claves de mano", no disponían de facturas, ni certificaciones que acreditasen el coste exacto.
Una vez resueltas las alegaciones de la empresa a finales de noviembre de 2012, se practicó la liquidación por un importe de 13.783.250 euros, que había estado confirmada.
NATURGY RESPONDE
Por su parte, la compañía energética ha explicado que, ante la inadmisión a trámite de su recurso de casación por el Tribunal Supremo, "no se pone fin al procedimiento" y que presentará el pertinente recurso ante el Supremo, han informado a Europa Press fuentes de Naturgy.
La compañía ha asegurado que existen argumentos para continuar con los recursos, ha alegado que "se aportó toda la documentación que permitía liquidar el ICIO según la base imponible correcta", y ha concretado que esto es el coste de la obra civil y no otros costes subsiguientes del desarrollo industrial, como los gastos generales.
"El potencial impacto económico está provisionado. En caso de tener que hacer frente al mismo, se trata de un pago único que no se extendería a importes futuros", han defendido las mismas fuentes.
Además, han apuntado que no se trata de una multa, sino una potencial regularización de unos impuestos que reclama el Ayuntamiento de Barcelona, pero que consideran "que no procede".