CSIF denuncia a Colau y al jefe de la Guardia Urbana por prevaricación
El sindicato argumenta que el nombramiento de Pedro Velázquez se ha hecho de forma "unilateral, arbitraria y sin fundamento legal"
4 junio, 2020 23:00Noticias relacionadas
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La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha denunciado a la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, y al jefe de la Guardia Urbana, Pedro Velázquez, por un presunto delito de prevaricación [ver aquí].
El sindicato alega que el nombramiento del máximo responsable de la policía barcelonesa no se realizó siguiendo "los principios de objetividad, mérito, capacidad e igualdad de oportunidades", sino que se llevó a cabo "de forma unilateral, arbitraria y sin ningún fundamento legal".
En la denuncia de CSIF, que firman los funcionarios del Ayuntamiento Eugenio Zambrano y Horacio López, se considera también que Velázquez "incurriría en un delito al haber aceptado un cargo público sin cumplir con los requisitos legalmente establecidos", según recoge el "artículo 406 del Código Penal.
INTENDENTES MAYORES
En el escrito, el sindicato expone la obligatoriedad legal de que el jefe del cuerpo policial debe pertenecer a la categoría de Intendente Mayor, un rango en el que actualmente se encuentran hasta ocho efectivos.
En este sentido, CSIF indica que "resulta obvio que no se produjo un nombramiento conforme a los principios constitucionales dado que el cese del anterior Jefe de la Guardia Urbana, Evelio Vázquez, se prodjuo mediante Decreto de Alcaldía de fecha 17 de diciembre de 2019, con efectos de 16 de diciembre de 2019, y el nombramiento de Pedro Velázquez, se produjo mediante Decreto d’Alcaldia de fecha 17 de diciembre, con efectos de 17 de diciembre de 2019".
Por ello, determinan, "resulta imposible que en un día se produzca el cese de uno y el nombramiento de otro a través de un procedimiento de convocatoria entre los funcionarios de mayor graduación para efectuar el nombramiento del Jefe bajo los principios establecidos normativamente de objetividad, mérito, capacidad e igualdad". Además, Velázquez fue ascendido de Intendente a Intendente Mayor el mismo 17 de diciembre, por lo que el nombramiento se produjo sin que el agente tuviera antigüedad en esta categoría.
El jefe de la Guardia Urbana, Pedro Velázquez / AJ BCN
DECRETO DE ALCALDÍA
Respecto al Decreto de Alcaldía que nombraba a Velázquez como jefe de la Urbana, CSIF cree que no sigue criterios establecidos en la "Ley del Estatuto Básico del Empleado Público", donde se remarcan los "principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad" de todos los ciudadanos al acceder al empleo público, así como la garantía de "publicidad, transparencia, imparcialidad, profesionalidad, independencia y agilidad" en los procedimientos de selección. El sindicato ve que estos "principios constitucionales" se han vulnerado en el nombramiento de Velázquez.
CSIF también recuerda que un Juzgado de Barcelona "ya se ha pronunciado, en un caso idéntico al actual, en el sentido en que el Ayuntamiento tiene la obligación de tramitar el procedimiento de provisión" según la Ley de las Policías Locales, así como que interpuso un "recurso de reposición" contra el Decreto de Alcaldía que nombraba al nuevo responsable del cuerpo que no ha recibido ningún tipo de respuesta.
Como añadido, CSIF argumenta que "aún a sabiendas de la ilegalidad del procedimiento" el actual máximo responsable de la policía barcelonesa "aceptó el cargo fraudulentamente" y continúa ejerciendo el mismo.
BLANQUEAR EL PROCEDIMIENTO
El sindicato indica que, para efectuar el nombramiento, primero se otorgó por "Decreto nominal el puesto de Jefe de Guardia Urbana de Barcelona con ejercicio del mismo, sin que medie razón alguna de urgencia", y después se le intentó "dar forma jurídica con un revestimiento de legalidad a una decisión previa arbitraria e injustificada a efectos de blanquear el procedimiento".
Por todo ello, CSIF entiende que el nombramiento de Velázquez por parte de Colau podría significar un "presunto delito de prevaricación administrativa", dado el carácter arbitrario, sin contar con una argumentación "técnico-jurídica razonable" y siendo una actuación que "ataca al normal funcionamiento de la Administración pública", lejos de servir "con objetividad a los intereses generales".
CSIF también recuerda que la ausencia de la publicación de una convocatoria de selección hace que se desconozca si el agente nombrado para el cargo cuenta con la aptitud ni los requisitos exigibles para el desempeño del mismo.