El juez de lo contencioso número 15 de Barcelona ha desoído a la Fiscalía y ha autorizado este viernes todas las propuestas del Govern para evitar la propagación del coronavirus en la primera corona de Barcelona. El magistrado ve con buenos ojos la prohibición de mantener reuniones con más de diez personas, que entrarán en vigor a partir de las 9.00 horas de mañana. La Fiscalía veía la medida "desproporcionada"



El magistrado considera que prohibir las reuniones de más de 10 personas ni cercena ni viola el derecho fundamental de reunión sino que "únicamente se está limitando el mismo a límites de razonabilidad y prudencia" por motivos sanitarios, de salud y de seguridad pública.

El auto judicial da el visto bueno a la recomendación del govern de no salir de casa durante los próximos 15 días, la limitación al 50% del aforo en bares y restaurantes, el cierre de cines y teatros, locales de ocio nocturno y gimnasios. Estas nuevas restricciones entrarán en vigor a las 9.00 horas de este sábado. 

LIMITACIÓN JUSTIFICADA

Por contra, en su auto, que se puede recurrir, el juez ratifica íntegramente tanto las recomendaciones como las prohibiciones planteadas por la Generalitat para contener el coronavirus en Barcelona, Viladecans, el Prat de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Boi de Llobregat, Cornellà, Sant Just Desvern, Esplugues de Llobregat, l'Hospitalet de Llobregat, Montcada i Reixac, Santa Coloma de Gramenet, Sant Adrià de Besós y Badalona.



"Si bien cierto que hay que confiar en las medidas de autoprotección individual y colectivas y en la disciplina social, por el interés conjunto de la colectividad en aras a evitar posibles excepciones o conductas contrarias a la citada disciplina social, es necesario y justificado tal limitación numérica", agrega el juez, en contra del criterio de la Fiscalía.

PROTECCIÓN DE LA SALUD

Para el juez, la ratificación judicial de las medidas solicitadas por la Generalitat se enfoca desde el triple prisma de la protección de la salud de las personas, el control de los contagios y el principio de proporcionalidad "atendiendo a criterios de razonabilidad en la afectación a las personas, con especial referencia a sus derechos y libertades".



El juez, que da una validez de quince días a las propuestas de la Generalitat, aunque se pueden prorrogar, invoca un reciente decreto aprobado por el Govern, pendiente de su convalidación o derogación en el Parlament, que abre la puerta a la adopción de medidas de "urgencia y excepcionalidad" como las que ha planteado el ejecutivo catalán para la primera corona de Barcelona



En concreto, subraya que el artículo 55K de este decreto especifica que en caso de pandemia o epidemia las autoridades sanitarias competentes podrán adoptar "medidas de limitación a la actividad, del desplazamiento de las personas y la prestación de servicios en determinados ámbitos territoriales".

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