La mascarilla durante la conducción no es obligatoria si el piloto va solo o acompañado de personas que residen habitualmente bajo el mismo techo. Los usuarios la pueden guardar dentro del bolso, mochila o incluso en algún compartimento del vehículo pero dejar el cubrebocas en otras partes del turismo puede provocar una sanción.
MASCARILLA EN EL RETROVISOR
Si se consulta el código de circulación no habrá ninguna norma que prohíba expresamente llevar algo colgando del espejo retrovisor, con lo que los conductores pueden caer en el engaño de que no pueden ser multados por llevar allí la mascarilla. Por contra, sí pueden ser sancionados ya que se incumplen otras normas de conducción.
En concreto se está quebrantando una norma establecida en el artículo 19 del Reglamento General de Circulación en el que se especifica que el conductor está obligado a mantener el campo de visión necesario y la atención permanente a la conducción para garantizar su propia seguridad y la de sus pasajeros.
MULTAS DE HASTA 80 EUROS
Al colgar la mascarilla en el espejo, los conductores están incumpliendo ambas advertencias ya que el tapabocas no sólo impide la visión en el centro del parabrisas, sino que además puede ser objeto de distracción en la conducción, pudiendo ser por tanto motivo de accidente.
Por ello, aunque no es lo habitual, los agentes podrían parar a los conductores y multarles al llevar la mascarilla en el espejo del coche con una multa de nada menos que 80 euros.
Noticias relacionadas
- Expulsan a dos mujeres de vuelo Lanzarote-Barcelona por no usar mascarilla
- VÍDEO: Un usuario sin mascarilla, retenido tras morder a un vigilante en el metro
- Adictos sin mascarilla se reúnen a diario frente a la narcosala del Raval
- Crean una mascarilla que cambia de color cuando la persona tiene fiebre