Un agente de la Guardia Urbana junto a varios patinetes eléctricos / @barcelona_GUB

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El pulso de la ciudad

Patinetes eléctricos: las claves de la nueva norma de la DGT

Está prohibido circular por la acera y superar los 20 kilómetros por hora

2 enero, 2021 21:20

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Este sábado 2 de enero han entrado en vigor los cambios de la DGT sobre las normas de circulación de los patinetes eléctricos, el vehículo más popular dentro del grupo de Vehículos de Movilidad Personal (VMP). La principal novedad es que la Dirección General de Tráfico define el patinete como un vehículo, por lo que sus conductores están obligados a respetar las normas básicas de circulación como ahora hacen los coches y motos. 

Barcelona ya reguló en 2017 una ordenanza para regular el uso creciente de estos deslizadores. Fijó la velocidad máxima en 20 km/h en los patinetes tipo A, en 30 km/h los B y hasta 45 km/h para otros VMP. La DGT fija ahora la velocidad entre 625 km/h en todos los casos.

LA ACERA, PROHIBIDA

Pisar la acera está prohibido para los patinetes que tampoco podrán circular por las vías interurbanas, traesías, autopistas y autovías que transcurran por poblaciones. Hasta ahora el Ayuntamiento de Barcelona sí permitía a los patinetes eléctricos tipo A conducir por las zonas peatones a una velocidad máxima de 10 km/h. Los carriles bici son el espacio más indicado para circular con un patinete en la ciudad condal.

Los conductores de estos artilugios deberán cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos, por lo que los conductores podrán ser sometidos a la prueba de alcoholemia y no podrán usar auriculares. Tampoco podrán circular haciendo uso del teléfono móvil.

ESTACIONAMIENTO

Barcelona solo permite estacionar en los espacios pensados para ello. Se prohíbe atarlos a árboles, semáforos, bancos y otros elementos de mobiliario urbano cuando se pueda ver afectada su funcionalidad. La Guardia Urbana puede sancionar con multas de 100 a 500 euros en función de la gravedad de la infracción.