Trabajadoras y clientes en la terraza de un bar restaurante / EFE

Trabajadoras y clientes en la terraza de un bar restaurante / EFE

El pulso de la ciudad

El TSJC avala limitar las reuniones a 10 personas

El tribunal da luz verde a las medidas que ha decretado el Govern esta semana

26 agosto, 2021 12:30

Noticias relacionadas

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha avalado limitar las reuniones a 10 personas y el aforo de los actos religiosos y las ceremonias civiles a un 70%, con un máximo de entre 1.000 y 3.000 personas, para contener la pandemia del Covid-19.

LIMITACIÓN EN REUNIONES

En un auto este jueves, el tribunal da luz verde a las medidas que ha decretado el Govern esta semana, tras renunciar a pedir la aplicación de más prórrogas del toque de queda que el TSJC rechazó para las capitales de provincia y las zonas metropolitanas.

El tribunal recuerda que ya avaló con anterioridad la limitación del derecho de reunión y la asistencia a actos civiles y religiosos, que la sala considera que "se encuentran debidamente justificadas" por el contexto de pandemia.

ADIÓS AL TOQUE DE QUEDA

Por eso, desde la medianoche de este jueves dejarán de tener confinamiento nocturno las 19 localidades catalanas que aún están sometidas a esta restricción, aunque en el conjunto del territorio se mantendrá la limitación de reuniones y encuentros familiares y sociales a no más 10 personas, tanto en el ámbito público como privado, y el aforo al 70% en actos religiosos y ceremonias civiles, con un máximo de entre 1.000 y 3.000 asistentes.

LA QUINTA OLA, A LA BAJA

En su resolución, la Sala Contenciosa del TSJC respalda el informe de la Agencia de Salud Pública, que indica que a pesar de la mejora de los índices epidemiológicos en los últimos días, la "tensión mantenida en el sistema sanitario impacta sobre la actividad ordinaria programada".

Además, resalta que del total de brotes de covid activos, el mayor porcentaje se da en el ámbito familiar (29,5 %), seguido de las residencias geriátricas (20,8 %) y el ámbito social (19,5 %), lo que motiva que el TSJC avale limitar las reuniones a un máximo de diez personas.