El sector del taxi del Área Metropolitana de Barcelona (AMB) que cumplir, por ley, con el 5% de vehículos adaptados a personas con discapacidad. Así lo ha estipulado una juez del Contencioso Administrativo 11 de Barcelona.

El juzgado ha estimado la demanda interpuesta por la Oficina de Vida Independiente (OVI) y obliga al Instituto Metropolitano del Taxi (IMET) a planificar en un plazo de dos meses las medidas a llevar a cabo para que, en seis meses, desde la firmeza de esta resolución, que puede recurrirse, se cumpla con este porcentaje.

AFECTA AL 5% DE LICENCIAS

El Real Decreto 1544/2007, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad, establece que los ayuntamientos promoverán que al menos un 5 % de las licencias de taxis correspondan a vehículos adaptados.

El interior de un taxi por la noche / PIXABAY

En la misma normativa, que fue aprobada hace 12 años, ya se contempla que si este porcentaje no se cubre voluntariamente por los taxistas, los ayuntamientos tienen que exigir a las últimas licencias que se concedan que su taxi sea accesible.

GOLPE CONTRA EL AMB

La sentencia constata que el AMB, que ostenta la competencia para la regulación del servicio de taxi en la metrópolis de Barcelona, no ha llevado a cabo medidas para cumplir con este porcentaje.

También se señala que, a fecha de 19 de noviembre de 2021, el porcentaje de taxis adaptados era de solo el 2,22 % del total de licencias del AMB. Reprochan que tampoco haya explorado "otras soluciones alternativas, como en otros municipios como Mataró, Lleida o Tarragona, en los que, sin llegar a exigir, se han desplegado otras iniciativas y actividad de fomento, para evitar el rigor del verbo empleado como cláusula de cierre".