El jurado ha considerado culpable por unanimidad a un hombre juzgado por matar a tres personas sin hogar durante el confinamiento en Barcelona en abril de 2020, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).

Los asesinatos se cometieron los días 16, 18 y 27 de abril; el primero junto a L'Auditori, el segundo en la calle Casp y el último en Rosselló, y después del tercer crimen los hombres detuvieron al acusado, que entonces tenía 35 años, en Sant Cugat del Vallès, donde vivía en una caravana.

TRES ASESINATOS EN UN MES

El hombre reconoció durante el juicio en la Audiencia de Barcelona que asesinó a golpes a las tres personas que dormían en la calle, y aceptó una condena de 63 años de cárcel, de los que cumplirá como máximo 40 por la atenuante de que cuando cometió los hechos había tomado drogas y alcohol.

El escrito de acusación inicial de la fiscal pedía prisión permanente revisable y no incluía los tres delitos contra la integridad moral que el hombre ha reconocido este lunes, y sobre estos delitos la fiscal ha explicado: "De alguna manera, a la vez que se les mata se les humilla, se les quita dignidad, porque para el acusado no valen nada".

La fachada del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña / EUROPA PRESS

La acusación no incluía la aporofobia ni que cometiera los crímenes por este motivo, y en este sentido el abogado de la defensa explicó que en abril de 2020 "no estaba reconocido en la ley, con lo cual sería a todas luces injusto que se le aplicase esa circunstancia"."

POBRES Y VULNERABLES

En el juicio también estuvieron personadas dos acusaciones particulares que representan a familiares de víctimas y la Fundació Arrels como acusación popular: "Como Arrels consideramos, y ese es el motivo por que estamos aquí, que precisamente murieron por el hecho de vivir en la calle. Es decir, el acusado los mató porque pensaba que no merecían vivir, que merecían morir por el hecho de ser pobres y vulnerables", dijo la abogada Beatriz Fernández en su alegación previa.

La sentencia tuvo en cuenta como atenuante que al cometer los crímenes el acusado había tomado alcohol y drogas, y a pesar del acuerdo y la confesión, el juicio se celebró porque la ley obliga a hacerlo cuando la pena que acepta el acusado es de más de seis años de cárcel.

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