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El pulso de la ciudad

El ruido de los patios llega a Europa: un juez cuestiona el blindaje de las escuelas en Barcelona

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) deberá decidir si la ley catalana que exime a los colegios de cumplir los límites de ruido vulnera las directivas comunitarias sobre contaminación acústica

Antecedentes: El Parlament cambiará la normativa de ruidos para blindar los patios de los colegios de Barcelona

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El conflicto entre el derecho al descanso vecinal y el derecho al juego infantil ha escalado hasta la máxima instancia jurídica europea. Un juzgado de Barcelona ha elevado una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que determine si la normativa de Catalunya, que blindó los patios escolares frente a las mediciones de ruido, choca con las directivas europeas.

El origen de este conflicto se remonta a 2024, cuando varios centros educativos de Barcelona se vieron contra las cuerdas.

Las denuncias por ruido interpuestas por vecinos colindantes llevaron a los tribunales a dictar medidas drásticas: prohibición de actividades extraescolares, reducción de horas de educación física e incluso amenazas de cierre total de los patios.

Ante la presión de las familias y la comunidad educativa, el Parlament de Catalunya reaccionó con una celeridad inusual. En marzo de 2025, se aprobó por unanimidad una modificación de la Ley de Contaminación Acústica. Esta reforma exime a los centros escolares de cumplir con los límites de decibelios entre las 7:00 y las 21:00 horas, blindando así el recreo y el deporte diurno en estos espacios educativos. 

Imagen de archivo del patio de un colegio / EFE

Imagen de archivo del patio de un colegio / EFE

La duda del juez

Sin embargo, el blindaje legislativo ha encontrado su primer gran obstáculo en los tribunales. Un magistrado de una sección civil de Barcelona, al abordar un litigio por molestias sonoras en un colegio, ha decidido elevar una cuestión prejudicial al TJUE.

El juez pone en duda que una normativa autonómica tenga potestad para 'apagar' los sonómetros, cuestionando si el blindaje catalán vulnera la protección ciudadana que garantiza la directiva europea frente al ruido.

El magistrado pregunta a Europa si las actividades escolares pueden considerarse "actividades de vecinos", las únicas que la UE permite excluir de ciertos límites, o si, por el contrario, son actividades "institucionales" que deben estar reguladas para garantizar el derecho al descanso y a la salud del vecindario.

Un patio, con alumnos, de un colegio de Barcelona / AYUNTAMIENTO DE BARCELONA

Un patio, con alumnos, de un colegio de Barcelona / AYUNTAMIENTO DE BARCELONA

El juez quiere resolver su duda entorno de si se puede privar a un ciudadano del derecho a que se mida y corrija un ruido que afecta a su vivienda bajo el pretexto de un bien superior.

También pregunta el magistrado si la directiva europea "se opone" a la normativa autonómica que excluye del cumplimiento de los límites de inmisión sonora los ruidos generados por actividades lectivas, extraescolares, deportivas, culturales o de tiempo libre realizadas en centros educativos, "impidiendo su medición y evaluación y su eventual corrección".