Vila de Gràcia
El TSJC da la razón al sector inmobiliario y anula el plan urbanístico de Gràcia al considerar inviable la promoción de vivienda pública
La sentencia concluye que transformar locales en VPO o dividir pisos de más de 160 metros para destinar la mitad a vivienda protegida suponen pérdidas económicas y una carga exclusiva para el promotor
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Varapalo judicial al Ayuntamiento de Barcelona y la Generalitat de Catalunya. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha tumbado el plan urbanístico para el distrito de Gràcia que impulsó el Gobierno municipal de Ada Colau en 2022.
La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha concluido que las directrices para aumentar el parque de vivienda protegida establecidas en la Modificación del Plan General Metropolitano (MPGM) para el barrio de Gràcia son inviables económicamente para los propietarios, más aún sin haber incentivos.
En una sentencia a la que ha tenido acceso Metrópoli, la sala ha estimado la demanda interpuesta por la Associació de Promotors i Constructors d’Edificis de Catalunya (APCE); la Cambra de la Propietat Urbana de Barcelona; el Col·legi d’Administradors de Finques Barcelona-Lleida; el Col·legi Oficial d’Agents de la Propietat Immobiliària de Barcelona i Província (COAPI) y la Associació d’Agents Immobiliaris de Catalunya.
Asimismo, ha condenado a ambas administraciones a pagar a partes iguales las costas del proceso, con un límite máximo de 3.000 euros.
La resolución declara la nulidad de pleno derecho, por tanto, del acuerdo del 25 de febrero de 2022 de la Subcomisión de Urbanismo de Barcelona, que otorgó la aprobación definitiva al plan, aunque todavía cabe interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
La plaza de la Vila de Gràcia de Barcelona
Inviabilidad económica
Las principales entidades del sector inmobiliario catalán consideraban en su demanda que las medidas propuestas eran inviables desde un punto de vista económico y financiero e imponían cargas singulares a los propietarios sin la perspectiva de una indemnización.
Motivos que tanto el Ayuntamiento como la Generalitat negaron.
Si bien los magistrados aseguran que el consistorio tiene potestad legal para cambiar sus planes urbanísticos y que los objetivos ambientales y sociales del plan estaban bien justificados en la memoria, el artículo 9.2 es donde se genera la controversia.
División de viviendas de 160 m2
El TSJC recoge un informe pericial que concluye que la propuesta de dividir las viviendas de más de 160 metros cuadrados en partes iguales, una de vivienda libre y la otra protegida, no cumple con el principio de viabilidad económica.
“Ha costado encontrar un número suficiente de testigos que cumplieran con la condición de superficie mayor de 160 m2 y que no fueran dúplex, porque en una subdivisión de viviendas, debe garantizarse la accesibilidad a las nuevas entidades, y una tipología dúplex no permite esta forma de división”, asegura el informe.
Asimismo, confirma que hay pocos casos en los que esta medida podría aplicarse, una investigación que los peritos echan en falta en la documentación de la MPGM.
Institut de la Vila de Gràcia
De local a VPO
Lo mismo ocurre con el precepto que obliga a que los cambios de uso de locales comerciales a vivienda de protección oficial, ya que no solo supone pérdidas de rendimiento importantes, sino que "existen pocos locales en los que se pueda aplicar", pues muchos no cumplen con las condiciones de habitabilidad exigidas.
El informe es contundente: “Se están proponiendo medidas que podrían hacer aumentar el número de viviendas en el tejido ya construido, pero no se está dando ningún incentivo económico al respecto”.
Además, asegura el informe pericial, son medidas que ponen la carga de hacer vivienda social exclusivamente sobre el promotor privado, cuando es una obligación que debe ser compartida con la administración pública.
Plaça del Sol del barrio de Gracia / AYUNTAMIENTO DE BARCELONA
Sector inmobiliario
Las entidades demandantes han celebrado la sentencia del TSJC y han destacado que la resolución pone de manifiesto una cuestión esencial para el futuro de las políticas urbanísticas y de vivienda en Barcelona.
“Las medidas que persiguen objetivos legítimos, como el incremento de la vivienda asequible o la recuperación del uso residencial, deben ser jurídicamente sólidas, económicamente viables y concebidas desde el diálogo con los agentes que deben hacer posible su ejecución”, han afirmado en un comunicado.
"Cuando las cargas urbanísticas se proyectan sin un análisis adecuado de su viabilidad, el riesgo es generar el efecto contrario al perseguido, lo que implica frenar la actividad, dificultar la rehabilitación, reducir la inversión y retrasar la recuperación de viviendas", han añadido.