Sala de un juicio por violación en una imagen de archivo / TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA (TSJC)

Sala de un juicio por violación en una imagen de archivo / TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA (TSJC)

Gran Barcelona

La Fiscalía pide 15 años para el dueño de un prostíbulo de Terrassa acusado de violar a una menor

El acusado contrató a la víctima, de 16 años, como limpiadora del local

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La Fiscalía pide 15 años de prisión al propietario de un prostíbulo de Terrassa acusado de violar en mayo de 2019 a una chica de 16 años a la que había ofrecido un trabajo como limpiadora del local.

Según la Fiscalía, el acusado y la víctima fueron al prostíbulo del que el hombre era propietario para que la chica hiciera unos trabajos de limpieza que habían acordado, pero, cuando llegaron al local, el hombre se la llevó a una habitación y, después de que la chica se negara a mantener relaciones, la agredió sexualmente.

La víctima explica que se conocían previamente del barrio y ella había accedido a ir a limpiar el prostíbulo porque en casa necesitaban ingresos, y pese a que ella se negó a tener relaciones con él y pidió socorro, el hombre la forzó, la violó y le dio el dinero por el trabajo que inicialmente le había ofrecido como limpiadora del local cuando volvieron al barrio.

La víctima ha añadido que esos hechos le han afectado a la hora de tener otras relaciones sexuales y actualmente necesita terapia psicológica.

El acusado ha expresado que la relación fue consentida y su defensa, que ha pedido la absolución, ha señalado que en caso de que el tribunal lo declare culpable, las penas deberían ser más bajas que las que reclama Fiscalía.

Pena e indemnización

En la sección segunda de la Audiencia de Barcelona se ha celebrado este miércoles el juicio contra el hombre, de 36 años, acusado de un delito de agresión sexual, por el que la Fiscalía le pide una pena de prisión de 15 años y una indemnización a la víctima de 15.000 euros por daños morales.

El ministerio público también solicita libertad vigilada en los 10 años posteriores a la pena de prisión, que el procesado no pueda acercarse a menos de 1.000 metros de la víctima ni comunicarse con ella a través de ningún medio los siguientes tres años a la pena impuesta y la inhabilitación especial de veinte años en actividades o trabajos con menores.