Azotea del antiguo instituto okupado B9 en Badalona

Azotea del antiguo instituto okupado B9 en Badalona GALA ESPÍN Barcelona

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El TSJC avala el desalojo del antiguo instituto B9 de Badalona y da la razón al Ayuntamiento de Albiol

La justicia rechaza el recurso de varios ocupantes y concluye que la actuación municipal respetó la legalidad y no vulneró derechos fundamentales

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha avalado el desalojo del antiguo instituto B9 de Badalona, ejecutado el pasado mes de diciembre, al desestimar el recurso de apelación presentado por varios de los ocupantes del inmueble contra la autorización judicial que permitió la entrada de la policía y el posterior desalojo del edificio.

Desalojo del B9 en Badalona

Desalojo del B9 en Badalona Simón Sánchez

La resolución supone un respaldo a la actuación del Ayuntamiento de Badalona, encabezado por Xavier García Albiol, en un procedimiento que generó una fuerte polémica política y social al dejar sin alojamiento a cientos de personas que residían en el antiguo centro educativo.

El tribunal descarta la vulneración de derechos

Los recurrentes sostenían que el auto que autorizó el desalojo vulneró derechos fundamentales, entre ellos el derecho a la tutela judicial efectiva, la inviolabilidad del domicilio, la igualdad de trato y la no discriminación. También defendían que el Ayuntamiento no había garantizado una alternativa habitacional para las personas desalojadas.

Sin embargo, el TSJC rechaza todos esos argumentos y concluye que no ha quedado acreditada ninguna vulneración de derechos fundamentales. La Sala sostiene que la autorización judicial fue motivada, proporcionada y ajustada a la normativa vigente.

El Ayuntamiento sí activó recursos sociales, según la sentencia

Uno de los aspectos más relevantes del fallo es que el tribunal considera acreditado que el desalojo se condicionó a la activación de los protocolos municipales de atención a personas sin hogar y que, una vez ejecutado, no se detectó ninguna irregularidad en la actuación del Ayuntamiento.

Desalojo del B9 en Badalona

Desalojo del B9 en Badalona Simón Sánchez

La sentencia señala expresamente que la administración tuvo en cuenta la situación de vulnerabilidad de los ocupantes y que puso en marcha las actuaciones necesarias, desvirtuando así el argumento de que el consistorio carecía de protocolo o de recursos para atender a los afectados.

Los ocupantes conocían el procedimiento

El tribunal también rechaza que existiera indefensión durante la tramitación del expediente. Según la resolución, el acuerdo municipal que ordenaba recuperar el inmueble fue notificado tanto a los ocupantes identificados como al resto mediante anuncios oficiales, lo que permitió presentar alegaciones e impugnar la decisión por la vía judicial.

Asimismo, la Sala considera que la legislación no obliga a notificar previamente la solicitud de autorización judicial para entrar en el inmueble antes de que el juez la conceda, por lo que descarta la nulidad solicitada por los apelantes.

Condena en costas

Además de desestimar íntegramente el recurso, el TSJC condena a los apelantes al pago de las costas procesales, fijando un máximo de 500 euros, aunque la sentencia todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo mediante recurso de casación.