La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que anula la ordenanza municipal sobre la Zona de Bajas Emisiones aprobada en diciembre de 2019 es un baño de realidad para la alcaldesa Ada Colau y una enmienda en toda regla a su forma de hacer ciudad.
Esta norma municipal fue aprobada por el pleno del Ayuntamiento con un entusiasmo indescriptible incluso de aquellos que ahora, tras la resolución judicial, la critican y se desmarcan. Votaron a favor desde el PSC, la mano derecha de la izquierda extrema de Colau, hasta la oposición, sic, de ERC y JxCAT quienes critican ahora la ordenanza que apoyaron, mientras a la vez recurren la sentencia desde la Generalitat igual que hará el consistorio. Todo un ejercicio de cinismo e incoherencia política de las comparsas de gobierno siempre y de las de la oposición con frecuencia.
Es imprescindible una Zona de Bajas Emisiones (ZBE) pero otra cosa buen distinta en convertirla en una ZBEC, la zona de Barcelona en Comú o ZBP, o una de Zona de Bajas Pasiones Municipales. Todos los calificativos serían aplicables a la Ordenanza municipal porque sintetizan un desgobierno y despropósito manifiesto.
Barcelona precisa de una normativa que garantice que las emisiones contaminantes sean lo menos gravosas para la salud. Por ello debiera redactarse una normativa que tenga presente desde su progresividad en el tiempo hasta la capacidad económica o realidad laboral de los obligados a cumplirla, así como el impacto en aquellas actividades que pudieran verse perjudicadas en su aplicación o la constancia de otros actores de polución.
La sentencia anula la Ordenanza, aunque no la suspende, pero pone en evidencia una forma de gobernar en Barcelona. Y lo hace ante la chapuza y la improvisación que constata por las carencias observadas en la aportación de informes municipales, su memoria o por la improvisación de no prever los impactos económicos y de empleo de la norma aprobada. Es de destacar el rapapolvo judicial que se lleva nuestra alcaldesa en un aspecto que ella siempre decía defender: la defensa de las personas más vulnerables y con menor capacidad adquisitiva y que con esta norma, de no cambiarse de coche, ni podrán circular y con ello muchos de ellos, ni podrían trabajar.
Lejos de recurrir sentencias lo que debe hacer la alcaldesa y sus comparsas es redefinir una nueva hoja de ruta cuyo destino final sea una ZBE sensata, eficaz y legal. Con carácter inmediato debe suspenderse la norma impugnada y procederse a la anulación de las sanciones impuestas o pendientes de resolver y al retorno de las cobradas. En paralelo, se ha de redactar una nueva ordenanza que contemple los informes requeridos por el TSJC, evalúe el impacto económico de la misma y su alcance social, en particular, en las rentas más modestas y actividades económicas perjudicadas mediante las correspondientes compensaciones y una mejor graduación temporal en su aplicación. Y todo ello cruzando los dedos para que no se sucedan un alud de reclamaciones económicas por parte de los sectores perjudicados por la ordenanza impugnada y a las que deberá hacer frente al Ayuntamiento. Este hecho podría suponer un coste para el erario público que pagaremos todos los barceloneses mientras ningún concejal de gobierno promotor de la norma pagará con su cargo o con su reprobación.
La sentencia es un correctivo a la alcaldesa en su forma de gobernar y debe extenderse a los municipios metropolitanos que han aprobado normas idénticas en L'Hospitalet, Cornellà o Esplugues de LLobregat y en Sant Adrià de Besòs. El cambio climático y la alta contaminación no se combaten con retóricas comunes, chapuzas administrativas y desde la distancia e ignorancia social e impactos negativos en economías y empleo, sino con eficacia, sensibilidad y rigor. Es de esta manera como se defiende la salud y las bajas emisiones. ZBE sí, pero no así.