Este martes el pleno del Área Metropolitana, AMB, ha certificado uno de los mayores despropósitos de gobierno que una administración puede cometer. En concreto, constata que el 20 de abril finaliza el plazo máximo legal de vigencia de las suspensiones de las tramitaciones de los planeamientos derivados y de licencias acordados junto a la aprobación inicial del PDUM, el Plan Director Urbanístico Metropolitano y acaecida hace dos años.

De esta suerte, léase catástrofe, podrán en breve promoverse nuevos planes urbanísticos, de gestión urbanística y de urbanización, o solicitarse licencias de parcelación de terrenos, de edificación, reforma, rehabilitación o derribo de construcciones de instalaciones o ampliación de actividades o usos concretos y de aquellos otras autorizaciones conexas. Y todo lo anterior podrá reclamarse al amparo de lo definido hace 50 años y no de lo pretendido para el futuro estratégico, por ejemplo, de infraestructuras o vivienda, en el ámbito metropolitano.

Las prisas son malas consejeras y si son electorales aún lo son más. Cabe recordar que los trabajos iniciales para el nuevo plan comenzaron en el año 2011 y se concretaron en una magna exposición publicitaria en el 2015, año electoral.

Después se formuló un primer documento en el 2019, otro año electoral. Tras una década desde su punto de partida, y casualmente a las puertas de los últimos comicios locales, el 23 de marzo de 2023, se aprobó inicialmente por el pleno del AMB el Plan Director, el PDUM.

A este acuerdo le han sucedido dos prórrogas en su exposición pública en las que las alegaciones presentadas, las sustanciales, obligan a una nueva aprobación inicial del planeamiento metropolitano. Es decir, vuelta a la casilla de salida.

La consecuencia es que el PDUM no será aplicable antes de 2028 y seguirá vigente el 1.600 veces modificado Plan General de 1976. Hasta entonces aquellos que tenían vetado cualquier proyecto o iniciativa pueden ahora solicitar lo que consideren. Carecen de limitación alguna en su alcance por ser el PDUM un plan no nato y al levantarse por ley la suspensión de tramitaciones y licencias.

Esta suspensión que ahora quedará sin efecto establecía una “congelación” del territorio impidiendo su modificación mientras se procedía a una inminente planificación metropolitana y al establecimiento de nuevas reglas de ordenación del mismo. Ahora los propietarios podrán presentar cuanto consideren incluso si son contrarias a lo pretendido por el planificador. Estarán en su derecho y lo harán dentro del marco normativo, el de 1976.

Y además podrán hacerlo durante los meses en que se tarde en aprobar nuevamente e inicialmente otro PDUM. A la administración siempre le quedará la posibilidad de rechazar o modular las peticiones de tramitaciones y de licencias que se soliciten con este amparo y en este ínterin, pero las indemnizaciones a las que debería hacer frente la administración, o sea los ciudadanos, serían cuantiosas.

Por otra parte, algunos ayuntamientos discrepantes con contenidos concretos del PDUM también podrán dar rienda suelta a sus intenciones sin contar con las previsiones de futuro aun no aprobadas.

Confío en que más pronto que tarde se apruebe inicialmente un segundo PDUM y céleremente definitivamente después por la Generalitat. Y que tanto retraso se recorte y compense impulsando a la par el plan de ordenación urbanística metropolitana, el POUMet.

El AMB ha tenido doce años para aprobar el PDUM. Ha sido y sigue siendo incapaz. Ha levantado las cartas urbanísticas aprobando inicialmente un PDUM que no verá luz  y que cual jugador de póker ha ido de farol y siendo malo ha perdido la partida de la eficacia.

Aquel trilero del Mississippi de las películas es hoy administrativamente el del Llobregat y del Besòs. Pero nadie será arrojado por la borda del vapor metropolitano evaporado en su diligencia debida y vaporoso de incompetencia y de desidia demostrada. Como siempre, irresponsabilidades públicas sin que nadie asuma su responsabilidad