La defensa de Sandro Rosell, ex presidente del FCBarcelona, ha pedido su puesta en libertad durante el juicio que ha comenzado este lunes en la Audiencia Nacional por supuesto blanqueo de 20 millones de euros. El abogado Pau Molins ha esgrimido que condenados por delitos "bastante más graves", como los miembros de "La Manada", están libres.
En su exposición, Molins ha recordado que Rosell lleva casi dos años (desde mayo de 2017) en prisión provisional, por lo que estima que debe decretarse su libertad de forma inmediata o al menos al final del juicio y antes de que se dicte sentencia.
En el banquillo se sientan Rosell, su esposa, Marta Pineda, el abogado andorrano Joan Besolí, el ciudadano libanés Shane Ohanneissian (amigo de Rosell) y dos presuntos testaferros, Pedro Andrés Ramos y Josep Colomer. Se enfrentan a penas de entre seis y once años de prisión por delitos de blanqueo de capitales y organización criminal.
LA ACUSACIÓN DE LA FISCALÍA
La Fiscalía estima que Rosell se quedó con al menos 6,5 millones de euros de los 20 millones de la Confederación Brasileña de Fútbol (CBF) blanqueados.
El fiscal José Javier Polo se ha opuesto a la libertad pedida por Rosell y Besolí ya que estima que esta medida cautelar no perjudica al derecho de defensa "aunque sí puede afectar mucho a la persona".
EN PRISIÓN DESDE MAYO DE 2017
De esta forma ha contestado al letrado de Rosell, que ha alegado que su patrocinado lleva en prisión provisional desde mayo de 2017 por lo que no ha podido preparar debidamente su defensa.
"Rastrear con exhaustividad dos años de documentos" no se puede llevar a cabo desde la cárcel y sin acceso a ordenadores, ha dicho Molins. El abogado de la defensa ha añadido que si Rosell hubiera estado en libertad, podría haber aportado más pruebas en su descargo.
Ha insistido en que para garantizar el derecho a unos jueces imparciales se debe acordar la libertad tanto de Rosell como de Besolí para evitar la sospecha de que el tribunal, que ya ha valorado indicios de incriminación para mantenerles en prisión casi dos años, puede tener prejuicios a favor de la acusación.
LOS TRES MAGISTRADOS
Alternativamente ha planteado que sean sustituidos los tres magistrados que conforman la Sala, la presidenta, Concepción Espejel; el ponente, Ángel Hurtado, y Ramón Sáez Valcarcel.
En todo caso la representación de Rosell estima que la jurisdicción española no es competente para juzgar dos de las tres operaciones atribuidas por la Fiscalía a Rosell -que presidió el FCBarcelona entre 2010 y 2014- ya que ocurrieron en Brasil y Andorra, donde la corrupción entre particulares no es delito, por lo que ha pedido el archivo de la causa respecto a las mismas.
DERECHOS AUDIOVISUALES
Se trata de unas supuestas intermediaciones de Rosell en la cesión de los derechos audiovisuales de la Confederación Brasileña de Fútbol a una sociedad árabe en 2006, por los que Rosell habría recibido dinero en Andorra, y en un contrato en 2008 entre la CBF y Nike para equipar a la selección de fútbol de Brasil.
Ha añadido que la tercera operación que se atribuye a Rosell es la venta en 2011 de su sociedad de márketing deportivo, BSM, al también acusado Shahe Ohannessian y ha planteado que estos hechos se juzguen en Barcelona, donde ocurrieron.
Por su parte, Andrés Maluenda, abogado de Besolí y Colomer, ha pedido el archivo de las actuaciones y ha alegado que en este procedimiento "solo se ha buscado una condena y se han ido alterando los hechos y las pruebas de una manera escalofriante".
“MÁS HUMANIDAD”
Los demás abogados se han adherido a los planteamientos de las anteriores defensas y en concreto, Ismael Oliver, defensor de Pedro Andrés Ramos, ha pedido a la Sala "más humanidad" dada la "crueldad" con los acusados durante la instrucción de este caso, en alusión a un hijo que tiene enfermo Besolí.
El fiscal se ha opuesto a todas las cuestiones previas planteadas por las defensa, que la Sala resolverá este martes, y ha mantenido que la Audiencia Nacional es el tribunal competente para juzgar este caso sobre todo con la nueva regulación de la justicia universal y teniendo en cuenta que el delito de blanqueo de capitales es de "persecución extraterritorial".
Ha puesto de ejemplo el "caso Neymar", en el que también se ha establecido la competencia de la Audiencia Nacional para juzgar unos hechos similares a los de este juicio.