¿Se imaginan que un vehículo público choque contra la fachada de su edificio, no se detenga y el Ayuntamiento le sancione por no reparar los daños con diligencia? Pues sí, sucedió en Barcelona el año pasado, concretamente en el barrio de Sants.
El 14 de enero de 2016, un camión municipal de la basura chocó contra una finca de una calle de Sants. Según la síndica de greuges de Barcelona, Maria Assumpció Vilà, el vehículo no se detuvo después de causar los daños en la barandilla de uno de los pisos y en el forjado.
Algunos testimonios informaron a la comunidad de propietarios de qué vehículo se trataba y mientras los residentes hacían los trámites para reparar los daños y dirigirse a la compañía de seguros de la empresa de limpieza para que se hiciera cargo de los costes de reparación, el Distrito de Sants-Montjuïc impuso a un vecino una multa coercitiva de 600 euros --potestad de una Administración para obligar a que se cumplan los actos que dicta-- por no llevar a cabo la reparación con la suficiente diligencia.
SANCIÓN IMPROCEDENTE
Una vecina de la finca se dirigió, el pasado 11 de abril, a la síndica de greuges. En la queja, redactada en nombre de toda la comunidad, se mostraba un total desacuerdo por la imposición de la multa y se consideraba improcedente la actuación del Ayuntamiento, que provoca daños en la finca y después multa por no repararlo con rapidez.
La síndica concluyó que la actuación municipal no fue correcta. Vilà asegura que el Distrito “en lugar de ayudar y asesorar a estas personas cómo ejercer sus derechos, con el fin de reparar los daños causados por el camión, impuso una multa coercitiva cuando ya se habían iniciado los trámites para pedir el correspondiente permiso para hacer las obras”.
Vilà subraya en la resolución que el Distrito tenía conocimiento, desde el 23 de junio del 2016, de que el mal estado de la finca no se debía a una falta de mantenimiento sino a un accidente provocado por un servicio municipal el 14 de enero de ese mismo año. “En este caso, más que una multa, la Administración habría tenido que ayudar a aclarar los hechos y ayudar a presentar las reclamaciones necesarias”, afirma.
PERMISO DE OBRAS
Se da el caso, además, que el 29 de noviembre del 2016, los vecinos presentaron una solicitud para obtener el permiso de obras, lo que hace que no tuviera sentido que el Ayuntamiento decidiera multar el 10 de marzo del 2017, según Vilà.
En el informe, emitido el 23 de mayo de este año, Vilà destaca que el consistorio no actuó con el principio de buena administración y recomendó la retirada de la multa. Un mes después de su resolución, el 21 de junio, el Ayuntamiento comunicó a la defensora que se había aceptado el recurso interpuesto, lo que ha supuesto la retirada de la multa.