A.A.M, vecino de Barcelona y de 40 años, simulaba ser una chica joven para hablar por Internet con menores de entre 12 y 14 años. Una vez engañaba a sus víctimas, seguía hablando a través de Whatsapp, concertaba una cita y tenía relaciones sexuales con ellas. En dos ocasiones, el hombre abusó sexualmente de ellos. La Audiencia de Barcelona lo ha condenado a 23 años y siete meses de prisión por dos delitos de abuso sexual, un delito de utilización de menor con fines pornográficos, tres delitos de provocación sexual y cinco delitos de prostitución de menor de edad.

El individuo cometió los delitos en verano de 2016. Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Metrópoli Abierta, el modus operandi siempre era el mismo: establecía contacto con adolescentes a través del chat de Facebook haciéndose pasar por una chica de nacionalidad brasileña. El abusador, que reconoció todos los delitos, subió un perfil falso en esta red social un año antes, en verano de 2015. 

INTERCAMBIO DE IMÁGENES SEXUALES

En uno de los casos, A.A.M contactó con un menor de 12 años y le convenció de que era una chica, enviándole fotos de una joven desnuda. La víctima cayó en la trampa y le respondió con imágenes de su "naturaleza sexual". El 28 de julio de 2016, a las 11.00 horas, el hombre y la víctima concertaron una cita en el centro comercial Diagonal Mar. Allí, el condenado le ofreció cinco euros al menor, prometiendo que le daría más, y se dirigieron al parking. En su propio coche el hombre le pidió que se bajara los pantalones y le realizó una felación. Al terminar, le compró un refresco y le aseguró que tenía más dinero para darle en otra ocasión.

Dos semanas después, a mediados de agosto, el acusado repitió el proceso con un chico de 14 años en un descampado cercano a la estación de metro de Sant Ildefons de Cornellà de Llobregat. Allí, le obligó a bajarse los pantalones y le practicó una felación. En esa ocasión, también intentó penetrarlo analmente, aunque no lo consiguió. 

50 EUROS A CAMBIO DE SEXO

Por estos dos casos, el Tribunal de la Sección Tercera, formado por tres magistrados, considera que el hombre es culpable de un delito de abuso sexual a menores de 16 años. El individuo también ha sido condenado por un delito de contacto telemático con fines sexuales por hablar a través de Facebook con menores con el objetivo de mantener relaciones. 

El pederasta ofrecía dinero a las víctimas, en persona o a través del chat, a cambio de sexo. En un caso prometió, a través de Messenger, 50 euros "a cambio de obtener los favores sexuales pretendidos". En tres ocasiones, los chicos se negaron a las peticiones de A.A.M y se marcharon del lugar donde habían quedado. 

UN DELITO PARA COMETER OTRO

Los jueces justifican la condena por delito de provocación sexual por el envío de imágenes de una chica masturbándose a las víctimas. La sentencia entiende que esta falta se comete "en concurso medial" con un delito de contacto telemático con fines sexuales, es decir, que un delito es necesario para cometer otro. El hombre envío las imágenes sexuales de una chica para engañar a los menores con el objetivo de cometer el siguiente delito: concertar una cita para mantener sexo con un niño de 16 años.

La sala de la Audiencia de Barcelona ve probado que el hombre es autor de un delito de utilización de menores con fines pornográficos. El acusado convenció a los niños para que le enviaran fotografías desnudos y vídeos realizándose una masturbación. En estos contactos por teléfono móvil, el pederasta proponía al menor que se dejara penetrar o fuese él quien dejara que el chico lo penetrara.

RECONOCIMIENTO DE LOS HECHOS

Fuentes de la Fiscalía señalan que la sala ha aplicado dos atenuantes reduciendo una posible condena inicial de 60 años a 26 años debido a que el hombre reconoció todos los delitos por los que se le acusaba. El hombre ya ha pagado 17.000 de los 27.000 euros que deberá abonar por los daños morales ocasionados a las cinco víctimas.

El condenado pasará un tiempo máximo en prisión de 15 años, según los términos establecidos por el Código Penal sobre el cumplimiento efectivo de la condena. En la sentencia, los jueces prohíben al acusado acercarse a menos de 1.000 metros de los cinco menores por un periodo de dos años, superior al de la duración de la pena de prisión en cada caso.

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