Un hombre ha sido condenado a tres años de cárcel por dos delitos continuados de amenazas a dos vecinos homosexales de Vilanova i la Geltrú, a los que habría insultado y hostigado repetidamente, entre los meses de abril y junio de 2018, movido por su odio al colectivo LGTBI.
El condenado atacó por primera vez a una de sus víctimas en abril de 2018. Cuando se encontraba cerca de su domicilio y con el ánimo de amedrentarlo, lo arrojó contra un muro y le lanzó varias piedras mientras lo insultaba al grito de "maricón de mierda" y "perra judía". Un ataque que fue tan solo el comienzo de un acoso constante, incluso en la residencia de la pareja. Y es que pocos días después de aquella agresión, volvió a arrojar piedras contra la ventana de su casa, a la par que los insultaba, para arrancarles finalmente les fusibles del contador de la luz.
Los ataques no cesaron y, semanas más tarde, víctimas y agresor se encontraron de nuevo en la calle. Esta vez les escupió, mientras iba montado en una bicicleta, y los amenazó de muerte con expresiones como "os voy a matar" y "os voy a cortar el cuello".
LAS VÍCTIMAS PADECEN DISCAPACIDAD Y TUVIERON QUE ABANDONAR SU CASA
En su sentencia, que todavía admite recurso, el juzgado de lo penal número 2 de Vilanova i la Geltrú recoge que los ataques generaron una "situación de nerviosismo y malestar" en las víctimas, que padecen además una discapacidad psíquica del 34% y del 65% y que acabaron abandonando su domicilio por miedo.
AGRAVANTE DE DISCRIMINACIÓN POR MOTIVOS HOMÓFOBOS
La defensa intentó convencer al juez de que los insultos con los que su cliente agredió y amenazó a la pareja son simples expresiones coloquiales proferidas "de forma natural". Un argumento que el magistrado rechaza de pleno en su sentencia, por la "intención manifiesta de revelar un desprecio" hacia las víctimas, que son homosexuales; y que concurre además "de manera inequívoca" en el agravante de discriminación por motivos homófobos.
Por todo esto, el juez condena al agresor a una pena de tres años de prisión y le obliga a indemnizar con 2.000 euros a cada una de las dos víctimas –4.000 euros en total–, a las que no podrá acercarse a menos de 500 metros durante dos años.