La Audiencia Nacional (AN), en contra de lo que dictaminó la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), considera que no está probada la existencia de un cártel del turrón formado por las seis principales empresas del sector, por lo que ha anulado las multas que Competencia impuso en 2016 y que ascendían a 6,12 millones de euros.
Los fallos de los recursos que interpusieron las sociedades afectadas –Almendra y Miel, Delaviuda Alimentación, Enrique Garrigós Monerris, Sanchís Mira, Turrones José Garrigós y Turrones Picó– dan la razón a éstas tras los procedimientos abiertos por la CNMC a competidores por intercambiar información comercial sensible (sobre todo, de precios) que dieron lugar a multas multimillonarias por prácticas contra la libre competencia. La AN anula así las sanciones impuestas, ya que considera que los intercambios de información sobre precios, las reuniones de directivos sobre estos asuntos o las comunicaciones entre empresas sobre precios requieren un estándar de prueba muy elevado para determinar un impacto negativo y directo sobre el mercado.
Entiende que es necesario un plus o un extra de justificación por parte de la CNMC para demostrar esos impactos negativos en los precios que pagan los consumidores y en el normal desarrollo de los mercados, ya que los simples intercambios de información –si no se demuestra su efecto pernicioso– o las reuniones corporativas no son prueba suficiente.
OTROS CASOS SE PODRÍAN VER AFECTADOS
Fuentes jurídicas indicaron que la sentencia de la AN puede tener consecuencias directas en los procedimientos de la CNMC para el control de presuntas prácticas de intercambios de información sobre precios y podría llevar a una revisión completa de los argumentos que utiliza en esos procedimientos. Procesos sancionadores similares al caso de los fabricantes de turrón ya en marcha y recurridos en vía judicial podrían verse afectados por la jurisprudencia que ahora fija el tribunal.