La Audiencia de Barcelona ha condenado a cuatro años de cárcel a un hombre que en marzo de 2020 por violar a una mujer bajo los efectos de la sumisión química. La joven salió de fiesta con el agresor y un grupo de amigos y, mientras bebían, le sirvieron un chupito con droga, lo que la dejó inconsciente. Tras ello, su agresor la violó con penetración.

La sección 21ª de la Audiencia de Barcelona impone al procesado, D.P.V., la pena mínima prevista para los delitos de abuso con penetración antes de la entrada en vigor de la "ley del solo sí es sí", que endurece este tipo de condenas. El tribunal argumenta que se le impone la pena mínima porque se desconocen las circunstancias en que ocurrió la violación dado que la víctima, que al día siguiente amaneció con fisuras anales y dolores en los ovarios, no estaba consciente.

DROGADA

Los hehos ocurrieron el pasado 7 de marzo de 2020. La víctima, que ya había mantenido relaciones consensuadas con el agresor con anterioridad, salió de fiesta con él y unos amigos. Previamente, había comprado una botella de ron en una tienda de la que todos bebieron. 

En el marco de la fiesta, un amigo desconocido del procesado le sirvió una copa cargada con una sustancia desconocida, lo que hizo que perdiera el conocimiento. Despertó a la mañana siguiente en el coche del acusado.

Imagen de archivo de un detenido por los Mossos d'Esquadra / MOSSOS D'ESQUADRA

RECONOCIÓ LA VIOLACIÓN

El mismo condenado reconoció la agresión sexual a través de una conversación de Whatsapp. "¿Me violaste?", le preguntó la víctima. "Jajaja, ¡qué va! Después te gustó", reconocía el violador, que reconoció que tampoco usó preservativo. La sentencia considera acreditado que D.P.V "aprovechó" que la víctima había perdido la conciencia para violarla, "sin que ella pudiera ofrecer la más mínima resistencia".

La sentencia prohíbe al procesado acercarse a menos de mil metros de la víctima o comunicarse con ella por cualquier medio durante el período de un año tras su salida de prisión y le impone además una medida de libertad vigilada por cuatro años, así como el pago de una indemnización de 10.000 euros a la joven por los daños morales padecidos.

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