La Audiencia de Barcelona ha condenado a cinco años de cárcel a un hombre por violar a otro en el cuarto oscuro de la discoteca Arena de Barcelona. La sentencia concluye que la víctima no consintió una penetración anal sin preservativo, a pesar de haber practicado sexo oral momentos antes.
Según la sentencia de la Sección Novena, la víctima rechazó continuar una relación sexual que había comenzado con su pleno consentimiento, tanto verbalmente como a través de sus acciones. La sentencia fue dictada por mayoría de los tres magistrados, no por unanimidad.
Estrés postraumático
Los hechos ocurrieron en el cuarto oscuro de la discoteca la madrugada del 26 de enero de 2020, un lugar para encuentros sexuales anónimos. La víctima entró con un amigo y conoció al acusado. Ambos relatos coinciden en el inicio del encuentro: tocamientos, besos y sexo oral. Sin embargo, discrepan en la penetración.
La sentencia, redactada por el magistrado David Ferrer, confirma que la víctima se opuso a mantener relaciones sexuales penetrativas al no disponer de preservativo. A pesar de expresar su negativa en tres ocasiones, el agresor intentó desnudarlo, mientras él se resistía. Finalmente, el acusado lo penetró utilizando su fuerza física. La resolución también confirma que la víctima sufre estrés postraumático con ansiedad significativa.
Testimonio detallado y coherente
Los magistrados, en la sentencia mayoritaria, otorgan total credibilidad al relato de la víctima, fundamental para la condena, ya que reveló detalles que incluso podrían perjudicar la acusación. Aunque admitió la práctica de sexo oral consentido, retiró su consentimiento ante la propuesta de una penetración anal sin protección. La coherencia y solidez de su declaración, junto con la falta de contradicciones, refuerzan su testimonio.
El testimonio de la víctima fue detallado, coherente y constante a lo largo del proceso judicial, lo que fortalece su credibilidad. La ausencia de ayuda inmediata por parte de su amigo presente en la discoteca y el intercambio de números telefónicos después de los hechos no afectan su testimonio, ya que cada individuo reacciona de manera diferente ante una situación traumática.
Por el contrario, durante el juicio, el acusado negó cualquier acto de violación, argumentando la falta de oposición explícita por parte de la víctima. Sin embargo, el relato de este último indica una negativa clara y una resistencia física, lo que evidencia una imposición violenta por parte del acusado.
Indemnización y restricciones
Además de la condena de cinco años de prisión, se impone al acusado una indemnización de 15.000 euros por los daños morales y secuelas de la víctima y diversas restricciones, incluida la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante un período específico. La sentencia, aunque cuenta con un voto discrepante que aboga por la absolución, se basa en la credibilidad del testimonio de la víctima, respaldado por la falta de pruebas que cuestionen su relato.