El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a la discoteca Input, ubicada en el Poble Espanyol de Barcelona, a indemnizar con 61.000 euros como responsable civil subsidiaria a una joven estadounidense que en 2023 sufrió una violación brutal en el recinto de ocio.
La sentencia confirma la condena de 18 años de prisión para el agresor, W.C.D., impuesta previamente por la Audiencia de Barcelona, que también le obligaba a pagar los mismos 61.000 euros por los daños morales, físicos y psicológicos causados a la víctima, de 19 años en el momento de los hechos.
Una noche de fiesta que acabó en tragedia
La agresión ocurrió la noche del 11 de marzo de 2023. La joven estaba en Input con unos amigos y salió a fumar por una puerta trasera a la que un trabajador del local le indicó el acceso. Esa puerta, que solo se abría desde dentro, la dejó fuera del recinto sin posibilidad de regresar.
Fachada del Palacio de Justicia de Catalunya, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona.
Mientras se encontraba sola en el exterior, un hombre que había saltado los muros del Poble Espanyol la atacó. Según detalla el TSJC, la agredió sexualmente, la golpeó hasta dejarla inconsciente y le robó el bolso y el móvil.
Responsabilidad civil: Input sí, Poble Espanyol no
La Audiencia de Barcelona había descartado la responsabilidad del local y del Poble Espanyol, pero la Fiscalía y la acusación particular recurrieron para que, en caso de que el agresor no pudiera abonar la indemnización, el pago recayera en las empresas.
El TSJC ha dado la razón a las acusaciones en el caso de la discoteca, gestionada por SHEI-HEI MOON, pero ha descartado condenar al Poble Espanyol y a su aseguradora Allianz. El tribunal considera que las medidas de seguridad del recinto eran adecuadas y estaban avaladas por protocolos externos y por el Departament d’Interior.
Negligencia del personal de Input
El fallo señala como clave la conducta negligente del trabajador que permitió la salida de la víctima por una puerta trasera que la dejó en un “lugar inhóspito”, sin posibilidad de volver a entrar.
Una actuación que, según el tribunal, se debió a la falta de formación e información proporcionada por la empresa sobre las normas básicas de seguridad.
Por el contrario, el TSJC recuerda que el Poble Espanyol contaba con un perímetro vallado de entre 2 y 2,5 metros, accesos controlados con cámaras de videovigilancia y cuatro vigilantes privados que hacían rondas nocturnas, además de protocolos validados por Interior. Que el agresor lograra colarse saltando el muro, concluye la sala, no significa que las medidas fueran insuficientes.
