La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. (EFE/Juan Carlos Hidalgo)
Ya ha entrado en vigor: llegar antes al trabajo de forma continuada es motivo de despido procedente
Si tradicionalmente la puntualidad extrema o el hecho de adelantarse al horario de entrada se consideraban virtudes de un trabajador comprometido, la normativa actual ha dado un giro
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El mercado laboral español ha vivido un cambio de paradigma que ha dejado a muchos empleados y directivos desconcertados.
Si tradicionalmente la puntualidad extrema o el hecho de adelantarse al horario de entrada se consideraban virtudes de un trabajador comprometido, la normativa actual y las recientes resoluciones judiciales han dado un giro de 180 grados.
Ahora, personarse en el puesto de trabajo antes de tiempo de manera reiterada puede ser una causa justificada para la extinción del contrato de forma procedente.
Control estricto
Esta medida surge de la necesidad de las empresas de controlar de forma estricta el registro de jornada y evitar el devengo de horas extraordinarias no autorizadas.
Las compañías tienen el derecho legal de organizar su producción y sus horarios, y eso incluye prohibir que se generen excesos de jornada de forma unilateral por parte del trabajador, por muy buena voluntad que este alegue tener en el desempeño de sus funciones.
El marco legal
La base de este cambio reside en el cumplimiento del Estatuto de los Trabajadores, que establece que la duración de la jornada debe ser la pactada en el contrato o en el convenio colectivo.
El tiempo de trabajo se computa de modo que el empleado esté en su puesto al inicio y al final de su turno, pero no contempla que el trabajador pueda extender ese periodo por su cuenta y riesgo.
Si una persona llega antes sistemáticamente, está alterando el cómputo de horas sin el consentimiento de la dirección.
La vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, en una intervención del Congreso
Seguridad
La justicia ha empezado a respaldar a las empresas que, tras varios avisos, deciden prescindir de aquellos empleados que ignoran las instrucciones de seguridad y organización.
La clave reside en que estas horas de más pueden suponer un riesgo económico para la empresa, que podría enfrentarse a sanciones por parte de la Inspección de Trabajo al no coincidir el registro horario con la jornada pactada legalmente.
Sobre la organización
El poder de dirección es una facultad del empresario que le permite organizar los recursos humanos de la manera más eficiente posible. Cuando un empleado decide ignorar las órdenes sobre el horario de entrada, está incurriendo en una indisciplina laboral.
No importa si el trabajador argumenta que existe una sobrecarga de tareas; la jurisprudencia actual dicta que la empresa es la única que puede autorizar la realización de horas extra para gestionar dicho volumen de trabajo.
Foto de una empresa
Por lo tanto, la reiteración en el incumplimiento de las instrucciones horarias se equipara a la desobediencia.
Si la empresa ha dejado claro, ya sea mediante circulares internas o advertencias directas, que no se permite la entrada anticipada al centro de trabajo, el trabajador que persista en esta conducta se expone a un despido que no le daría derecho a indemnización por ser considerado procedente.
Importancia de la proporcionalidad
Es fundamental matizar que el derecho laboral siempre se rige por el principio de proporcionalidad. Una llegada esporádica unos minutos antes del horario oficial no suele ser motivo suficiente para una sanción tan drástica.
El conflicto real aparece cuando esta práctica se convierte en un hábito continuado y sistemático, especialmente si el trabajador ha sido requerido previamente para que ajuste su comportamiento al horario oficial.