Declaración Renta / Europa Press

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Vivir en Barcelona

Confirmado por Hacienda: si vives de alquiler en Barcelona puedes deducirte hasta 500 euros en la Renta 2026

Para deducirse el alquiler, la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, no sea superior a 30.000 euros anuales o 45.000 euros anuales en caso de declaración conjunta

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En plena campaña de la Renta 2025-2026, son muchos contribuyentes los que están esperando para confeccionar el IRPF del ejercicio 2025. Muchos aún desconocen qué pueden deducirse y qué no. Cabe destacar que las reducciones y bonificaciones dependen de cada comunidad autónoma, pudiendo llegar en algunos casos a ser casi del 100%.

Por ello, nos centramos en Cataluña y en esta comunidad, si vives de alquiler, puedes optar a añadirla como gasto deducible. Según recoge Hacienda, el alquiler de la vivienda habitual permite aplicar una deducción del 10% de las cantidades satisfechas durante el período impositivo, siempre que el contribuyente se encuentre en determinadas situaciones personales.

Requisitos para deducirte el alquiler

Entre estas se incluyen tener 35 años o menos en la fecha de devengo del impuesto, haber estado en situación de desempleo durante al menos 183 días en el ejercicio, contar con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o ser viudo o viuda con 65 años o más.

Además, las entidades gestoras de la Seguridad Social deben facilitar la información necesaria para verificar los periodos de desempleo superiores a 183 días.

Otro de los factores que debe tener en cuenta es que la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, no sea superior a 30.000 euros anuales o 45.000 euros anuales en caso de declaración conjunta.

Esta deducción solo se puede aplicar una vez. Es decir, una misma vivienda no puede dar lugar a la aplicación de un importe de deducción superior a 1.000 euros.

Cuantía máxima de deducción

En matrimonios sujetos al régimen económico de gananciales, cuando el contrato de arrendamiento esté únicamente a nombre de uno de los cónyuges, solo este podrá aplicar la deducción si cumple los requisitos establecidos.

Con carácter general, el límite máximo de esta deducción es de 500 euros anuales. No obstante, en caso de tributación conjunta, si alguno de los declarantes cumple las condiciones exigidas, dicho límite se amplía a 1.000 euros anuales.

Por otro lado, las familias numerosas y monoparentales también pueden beneficiarse de esta deducción, aplicando igualmente el 10% de las cantidades pagadas por el alquiler de la vivienda habitual, siempre que cumplan la condición correspondiente en la fecha de devengo del impuesto.

En estos casos, el límite máximo de la deducción será de 1.000 euros anuales. La consideración de familia numerosa o monoparental se determina conforme a la normativa específica aplicable.

Para poder aplicar esta deducción, es necesario que la suma de las bases imponibles general y del ahorro, una vez restado el mínimo personal y familiar, no supere los 30.000 euros en tributación individual o los 45.000 euros en tributación conjunta.