Isabel Rodríguez, ministra de Vivienda y Agenda Urbana

Isabel Rodríguez, ministra de Vivienda y Agenda Urbana EFE

Vivir en Barcelona

Ya en vigor: los propietarios con una vivienda vacía más de 3 años pueden sufrir un recargo del IBI del 150% en España

Entre las medidas previstas destaca la posibilidad de aplicar recargos progresivos en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), que en algunos casos pueden alcanzar hasta el 150% de la cuota

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La Ley de Vivienda aprobada en España en 2023 introdujo importantes cambios en relación con los inmuebles desocupados. Desde su entrada en vigor el 25 de mayo de ese año, los ayuntamientos cuentan con más herramientas para penalizar fiscalmente las viviendas que permanezcan vacías durante largos periodos de tiempo.

Entre las medidas previstas destaca la posibilidad de aplicar recargos progresivos en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), que en algunos casos pueden alcanzar hasta el 150% de la cuota.

Los ayuntamientos deciden si aplican el recargo

La normativa estatal no impone automáticamente estas subidas en toda España. La aplicación depende de cada ayuntamiento, que tiene capacidad para decidir si incorpora o no estos recargos en sus ordenanzas fiscales municipales.

Imagen de archivo de un bloque de viviendas

Imagen de archivo de un bloque de viviendas

Eso sí, la ley habilita expresamente a los consistorios para incrementar el IBI de aquellas viviendas de uso residencial que permanezcan desocupadas sin una causa justificada durante largos periodos.

Cuándo se considera una vivienda vacía

Según establece la Ley de Vivienda, un inmueble puede ser considerado desocupado de forma permanente cuando permanece sin uso durante más de dos años.

A partir de ese momento, el ayuntamiento puede aplicar un recargo del 50% sobre el IBI. Si la situación se mantiene durante más de tres años, el incremento puede elevarse hasta el 100%.

El recargo puede llegar al 150%

La penalización máxima se reserva para determinados casos. La ley contempla que el recargo pueda alcanzar el 150% cuando un propietario acumule dos o más viviendas vacías dentro del mismo término municipal.

Con esta medida, el Gobierno busca incentivar que esos inmuebles salgan al mercado del alquiler o de la venta para aumentar la oferta disponible, especialmente en las grandes ciudades donde existe una fuerte presión sobre el acceso a la vivienda.

Las excepciones previstas por la ley

La normativa también contempla distintas situaciones en las que una vivienda vacía no puede ser penalizada. Entre ellas figuran los traslados temporales por motivos laborales o de formación.

Viviendas en Barcelona

Viviendas en Barcelona

Igualmente, quedan excluidos los casos relacionados con dependencia, enfermedad o situaciones de emergencia social, así como las segundas residencias, siempre que no permanezcan desocupadas durante más de cuatro años.

Reformas, juicios y viviendas en venta

La Ley de Vivienda también evita aplicar recargos a inmuebles que estén siendo rehabilitados o reformados, así como a aquellos afectados por procedimientos judiciales o administrativos que impidan su utilización.

Tampoco podrán considerarse vacías las viviendas que estén en proceso de comercialización dentro de unos plazos razonables. En concreto, se fija un máximo de un año para inmuebles en venta y de seis meses para viviendas ofertadas en alquiler sin llegar a ocuparse.

Cómo se aplica el incremento del IBI

Cada ayuntamiento debe acreditar previamente la situación de desocupación antes de aplicar el recargo correspondiente. Además, la liquidación del impuesto se realiza de forma anual.

La fecha clave es el 31 de diciembre, ya que el estado de la vivienda al cierre del año determinará el porcentaje de incremento aplicable sobre el IBI.

Un cambio de enfoque sobre la vivienda vacía

Con esta reforma, la vivienda desocupada deja de tener un tratamiento fiscal neutro y pasa a convertirse en un elemento sujeto a presión impositiva.

El objetivo de la ley es favorecer la incorporación de más inmuebles al mercado y aumentar la oferta disponible de viviendas en alquiler y venta en aquellas zonas donde la demanda sigue creciendo.