Los bufetes de abogados especializados en extranjería reciben cada vez más consultas. Entre las más frecuentes se encuentra la de cómo conseguir la tarjeta de familiar comunitario. Quim Clavaguera, director del despacho de abogados Barcelona Extranjería, explica que “la normativa de comunitarios dice que cualquier ciudadano de la Unión Europea tiene derecho a que sus familiares directos puedan residir con él con los mismos derechos”.

Por esta normativa, la mayoría de las tarjetas que se solicitan son de parejas. En Cataluña hay dos tipos de pareja reconocidas, una es el matrimonio y la otra la pareja de hecho.

LA PAREJA DE HECHO

En Cataluña es posible constituir una pareja de hecho solamente por el hecho de convivir. El requisito único es que sean legalmente solteros y estén empadronados en el mismo domicilio.

Clavaguera explica que una vez inscrita ante notario la pareja de hecho, se puede solicitar en Extranjería la tarjeta de familiar comunitario. “Tras la tramitación en Extranjería, se otorga la tarjeta que es el equivalente a la tarjeta de residencia solo que a la primera vez ya se da por cinco años, lo que da los mismos derechos que cualquier ciudadano europeo”.

VERACIDAD DE LA UNIÓN

En el caso de parejas de hecho (las más frecuentes), la Administración puede investigar la veracidad de la pareja. En ese caso, en lugar de aprobar el expediente, "la policía pone un aviso en el que se solicita ponerse en contacto con la Policía Nacional", explica Clavaguera. El letrado detalla que cuando ocurre esto se hace una entrevista a la pareja, se miran las redes sociales, y por último puede haber una visita en el domicilio para comprobar que realmente se trate de una unión amorosa, y no por conveniencia.

En cuanto a los beneficios de la tarjeta de familiar comunitario, la ley otorga los mismos beneficios que a un ciudadano extranjero con tarjeta de residencia. En cuanto a la obtención del pasaporte español, la ley regula que la nacionalidad se puede adquirir tras dos años de residencia en España para los latinos, y un año para los casados con españolas o españoles.

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