Las mascarillas son obligatorias desde este jueves en España como medida para combatir la pandemia del coronavirus. Salvo en casos excepcionales como niños menores de seis años o los ciudadanos que vayan por lugares donde se cumpla la distancia social, todo aquél miembro de la población que se pasee por una zona sin mantener la distancia será multado por los agentes.

La orden SND/422/2020 recogida en el BOE el pasado martes hace obligatorio el uso de los cubrebocas en espacios públicos y también en la calle si no se puede mantener la distancia de dos metros con el resto.

MULTAS GRAVES DE HASTA 30.000 EUROS

Lo que la orden no establece son las sanciones específicas para aquellos que infrinjan la norma. Desde Sanidad señalan que habrá multas para aquellos que incumplan la Ley de Seguridad Ciudadana: los que se resistan a los requerimientos de la policía y los reincidentes.

Las faltas leves, las que más se han denunciado hasta ahora por saltarse el confinamiento, se sancionan con multas de los cien a los 600 euros. Las faltas graves ascienden hasta los 30.000 euros y las muy graves a los 600.000, según se recoge en el artículo 39.

DESOBEDIENCIA O RESISTENCIA

Lo que se multará será la desobediencia o resistencia a la autoridad de todos aquellos a los que se les llame la atención por no llevar mascarilla. La cuantía de la multa irá en relación con la respuesta y actitud del ciudadano o si es reincidente.

Si el incumplimiento se produce en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, se pedirá a esa persona que abandone dicho espacio, pero si no atiende a ese requerimiento, se podrá levantar una propuesta de sanción.

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