Las medidas actuales contra la pandemia imponen el confinamiento perimetral municipal hasta el 7 de febrero. No obstante, el Govern permitirá a los catalanes salir de su localidad de residencia habitual durante la próxima campaña de las elecciones del 14 de febrero.
La portavoz del gobierno catalán, Meritxell Budó, confirmó el pasado martes, 26 de enero, que esta es una de las excepciones que figura en la declaración autorresponsable de abandono del municipio por alguna razón justificada.
“DERECHO A LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA”
Budó ha confirmado la medida por la necesidad de “preservar el derecho fundamental a la participación política a pesar de la pandemia del covid-19”. No obstante, la decisión ha desatado numerosas críticas en las redes sociales. El Govern ha insistido en que ya existía una resolución del Departament de Salut en la que se permitía la posibilidad de celebrar actos y mítines políticos.
La portavoz ha asegurado que dichos eventos se harán preferentemente en espacios al aire libre y estarán diseñados “para garantizar las distancias, los aforos y todas las medidas de seguridad”. Además, “serán reducidos y con mucha presencia telemática”, añade.
EXCEPCIONES
Más allá de la justificación de desplazamiento por motivos políticos, se permite salir de Barcelona por actividades específicas –que no pueden realizarse telemáticamente–. Entre ellas, se acepta asistir a hospitales, farmacias y otros establecimientos sanitarios y sociales.
Asimismo, los barceloneses pueden desplazarse por motivos laborales –incluyendo la circulación en tránsito por transporte de mercancías–, profesionales, institucionales o legales; para regresar al lugar de residencia habitual o familiar por una necesidad justificada y para asistir a personas mayores, dependientes, con discapacidad o vulnerables.
Por otro lado, la salida del municipio también está aprobada para acudir a entidades financieras y de seguros, para participar en competiciones deportivas autorizadas –de ámbito nacional, internacional y profesional– y para realizar actividad física individual al aire libre entre municipios limítrofes. Junto al “derecho de participación política” al que se remite Budó, se recoge el “derecho de manifestación” y, además, cualquier causa de fuerza mayor que pueda acreditarse permite romper el confinamiento municipal.