El Gobierno de España se ha puesto más serio con el uso de las mascarillas dentro del coche. Ahora, no llevar mascarilla dentro de un vehículo podrá conllevar retirada de puntos del carné y una sanción económica que podrá ir de los 80 a los 500 euros.
Así lo establece la ley 2/2021 del 29 de marzo que hace referencia a las medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el covid-19. La normativa dice lo siguiente: la mascarilla es obligatoria “si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio”. Por tanto, si se viaja con gente con la que se convive, no es necesario llevarla.
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EN FUNCIÓN DE LA GRAVEDAD
La nueva multa de la DGT varía en función de la gravedad de la falta. Si se lleva la mascarilla colgada en el espejo retrovisor del vehículo, la multa es de 80 euros y no conlleva retirada de puntos. Si no se está usando la mascarilla mientras se viaja con no convivientes, la multa sería de 100 euros sin retirada de puntos para el conductor. Si el conductor se quita la mascarilla mientras conduce, la sanción ascendería a los 500 euros y la retirada de seis puntos del carné de conducir.
Como otras normativas referentes al covid-19, esta también contempla excepciones. Así, quedan exentas de llevar mascarilla “las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no disponga de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización”.