¿Qué se podrá hacer y qué no durante el toque de queda?
La Generalitat ha decretado un confinamiento nocturno en 158 poblaciones entre la 1 y las 6 horas
15 julio, 2021 08:23Noticias relacionadas
El gobierno catalán decretó este miércoles un toque de queda nocturno pendiente del aval del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) para contener la expansión de la pandemia. La movilidad se verá restringida en 158 poblaciones entre la 1:00 y las 6:00 horas.
El confinamiento nocturno entrará en vigor este fin de semana y se alargará durante una semana, como mínimo. El objetivo de la Generalitat es evitar la presión en los hospitales y salvaguardar la recuperación económica en Cataluña.
MUNICIPIOS
La movilidad quedará restringida en 158 poblaciones de Cataluña –Ver aquí–. Los municipios afectados por el toque de queda nocturno son aquellos de más de 5.000 habitantes que presentan un índice de incidencia acumulada igual o superior a 400 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos siete días. Además, las localidades vecinas que pese a tener menor incidencia están rodeados por altas cifras, también deberán cumplir con la restricción nocturna.
¿CUÁNDO SE PONE EN MARCHA?
La medida entrará en vigor cuando el TSJC resuelva la decisión planteada por el Govern. Este miércoles el tribunal ya dio luz verde a una retahíla de medidas como la limitación a 10 personas en reuniones sociales o la prohibición de comer y beber por la calle.
CUMPLIMIENTO
Los Mossos d’Esquadra y las policías locales velarán por el cumplimiento de estas medidas una vez lo avale el TSJC y se publique el decreto en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC). Los agentes se desplegarán por las múltiples localidades para vigilar las calles entre la 1 y las 6 horas.
SANCIONES
Las multas por incumplir las medidas oscilan entre los 300 euros y los 6.000 euros y están reguladas en base al decreto ley 30/2020 del 4 de agosto.
EXCEPCIONES
¿Cuándo se podrá saltar el toque de queda?
- Los desplazamientos por asistencia sanitaria u para ir a la farmacia por razones de urgencia.
- Ir o volver del centro de trabajo
- La movilidad de profesionales y voluntarios debidamente acreditados para realizar servicios esenciales, sanitarios y sociales.
- Los viajes para la recogida y cuidado de menores de edad en caso de progenitores divorciados, separados o con residencia en lugares distintos.
- Cuidado de mascotas y animales de compañía, de manera individual, y solo entre las 4:00 y las 6:00 horas.