El Ministerio para lat transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) recogerá en un real decreto "los requisitos mínimos" que deben cumplir las zonas de bajas emisiones (ZBE), después de que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) anulara la de Barcelona.
Este real decreto servirá para evitar nuevos problemas a la hora de fijar estos espacios cuya constitución obligatoria recoge la Ley de Cambio Climático para las poblaciones de más de 50.000 habitantes a partir de 2023, según han explicado fuentes del MITECO, que en su día ya elaboró unas directrices, publicadas el pasado 18 de noviembre, "con objeto de que puedan emplearse como guía para que las entidades locales puedan diseñar e implantar estas áreas".
FALLO FINAL DEL SUPREMO
Precisamente estas directrices "se guían mucho por las actuaciones llevadas a cabo en Barcelona", donde por el momento no se paralizará la ZBE al haber presentado el Ayuntamiento un recurso de casación contra la decisión del TSJC, a la espera del fallo final que corresponde al Tribunal Supremo.
El tribunal anuló formalmente el pasado 21 de marzo la ordenanza municipal que regula la ZBE de la ciudad condal por "deficiencias en su elaboración, falta de informes determinantes y por ser excesivo en el ámbito geográfico de aplicación y en el tipo de vehículos excluidos", según la sentencia.
COMPRAS PARALIZADAS
El concejal de Emergencia Climática y Transición Ecológica del Ayuntamiento de Barcelona, Eloi Badia, ha certificado: "Me consta el caso de municipios que estaban licitando compras de cámaras para el control de acceso a vehículos, compras que han sido paralizadas tras la sentencia", que ha generado "mucha incertidumbre" entre los municipios que ya estaban en proceso de establecer una ZBE.
La sentencia del TSJC es "opinativa y sin fundamentos jurídicos", ha lamentado Badia, aunque ha admitido que la memoria que presentó el consistorio barcelonés era "muy sintética, para facilitar su lectura", y "había muchos elementos que quizás faltaron", por lo que reconoce: "Tendríamos que haber hecho una memoria mucho más explicativa, con mucho mayor detalle".
"EXCESIVA EXTENSIÓN"
Una de las críticas de la sentencia se refiere a la "excesiva extensión" y "el carácter uniforme de las restricciones" de la ZBE, que ocupa 95 kilómetros cuadrados repartidos entre los municipios de Barcelona, Sant Adrià de Besós, L’Hospitalet de Llobregat y parte de Esplugues y Cornellà, cuando solo dos de las once estaciones de medición de la calidad del aire -Eixample y Gràcia- superan los limites de contaminación europeos.
Para Badia, la apreciación judicial es un "error conceptual" porque "esas dos estaciones son representativas del 70 % de la población, que vive en una tipología de calles similares a aquellas en las que se encuentran los medidores". El concejal reprocha que la sentencia no vea justificación en el etiquetado de los vehículos, ya que "tanto la Unión Europea como el Estado español lo describen como una buena herramienta para detener la contaminación del aire". La actual situación "nos sitúa en una interlocución contradictoria", ha resumido, pues por un lado Barcelona "no está cumpliendo los objetivos de contaminación que marca la Unión Europea" y "el Tribunal de Justicia de la Unión Europea nos dice que no hemos hecho lo suficiente", mientras que, por otro, la sentencia supone que "de algún modo nos dice que quizás hemos hecho demasiado".