El Departamento de Trabajo de la Generalitat ha establecido unos servicios mínimos en la atención no urgente ni grave para la protesta de médicos que empieza este martes, 24 de enero. La huelga, que se alargará hasta el jueves, tendrá unos servicios que que oscilan entre el 25 % y el 50 %.
La huelga que previsibilemente va a tener más afectación es la convocada por Metges de Catalunya (MC) para este miércoles y jueves, días en los que también se movilizan los sindicatos minoritarios de diferente tipo de personal sanitario aunados en la Mesa Sindical de Sanidad de Catalunya.
INTERSINDICAL
Pero para un día antes, mañana martes, ha convocado también huelga la Intersindical, sindicato minoritario de todo tipo de personal sanitario, lo que alarga a tres días la movilización.
Para este conjunto de convocatorias de huelga, el Departamento de Trabajo ha establecido que en los centros de asistencia extrahospitalaria --primordialmente, los CAP--, el servicio de asistencia a la urgencia durante el horario habitual de cada centro se prestará "con un 25 % de la plantilla durante el primer día", pasando "a un tercio de la plantilla" a partir del segundo día de huelga. Cuando el dispositivo asistencial sea unipersonal --por ejemplo, un CAP donde solo hay un doctor de guardia en las urgencias--, este pasará a considerarse como servicio mínimo.
COMO EN DÍAS FESTIVOS
En términos generales, todos los servicios no urgentes funcionarán "con el mismo régimen que un día festivo, exceptuando aquellos centros en los que la plantilla sea la misma que los día laborables, en los que pasará a ser del 50 %". También habrán servicios mínimos del 50 % en el personal de los servicios de donación de sangre y en los equipos móviles del Banco de Sangre y Tejidos.
El decreto del Departamento de Trabajo establece que debe haber funcionamiento normal en la atención de urgencias telefónicas del 061, en urgencias hospitalarias, las UCI, unidades de hemodiálisis y de neonatología, así como partos, tratamientos de radioterapia y quimioterapia, y otros procedimientos considerados de urgencia vital.
OPERACIONES INAPLAZABLES
En cuanto a la actividad quirúrgica, el personal deberá atender operaciones "inaplazables", derivadas de la atención urgente y grave, siguiendo el criterio de la dirección médica. También se debe garantizar el servicio de limpieza y de hostelería en áreas de ingresados y de alto riesgo.
En cuanto al transporte sanitario, el decreto establece que se deberá atender cualquier urgencia, así como traslados para tratamientos requeridos por el doctor o a los domicilios tras un alta.