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Giro de 180 grados en las playas de Barcelona: la Justicia tumba una prohibición del Ayuntamiento

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) considera que el Ayuntamiento carece de competencias para regular su uso en este ámbito

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Giro de 180 grados en las playas de Barcelona. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha estimado parcialmente el recurso de la Asociación Exfumadores, que pedía la nulidad de la ordenanza municipal del Ayuntamiento de Barcelona que prohibe vapear en las playas.

El colectivo denunciante señaló que el consistorio había excedido sus competencias al incluir los vapeadores en la normativa municipal que se amparaba en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha declarado nulas las disposiciones relativas a estos dispositivos al considerar que el Ayuntamiento carece de competencias para regular su uso en este ámbito.

Medio ambiente y salud pública

En defensa de su ordenanza, el consistorio barcelonés argumentó que su competencia en materia medioambiental y salud pública amparaba esta prohibición.

Sin embargo, el tribunal ha concluido que estas competencias no incluyen la regulación del uso de vapeadores en playas, ya que no existe un impacto ambiental directo asociado a estos dispositivos.