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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Huesca ha rechazado la solicitud del Museu Nacional d'Art de Catalunya (MNAC) para que el Instituto de Patrimonio Cultural de España elabore un informe pericial sobre la conservación y cambio de ubicación de las pinturas murales del Monasterio de Sijena, actualmente expuestas en la sala 16 del museo.

Las pinturas murales de Sijena EP

El MNAC argumentaba que el informe era necesario para garantizar la preservación del patrimonio cultural, siguiendo la metodología de gestión de riesgos y las directrices del Plan Nacional de Conservación Preventiva aprobado por el Ministerio de Cultura en 2015.

Argumentos y decisión judicial

La solicitud se basaba en las diferencias entre las partes ejecutantes y la ejecutada, así como en la condición de bien de interés cultural de las pinturas, sujetas a tutela y protección estatal.

Detalle de las pinturas murales del Monasterio de Sijena expuestas en el Museu Nacional d’Art de Catalunya (MNAC), en una imagen de archivo. Kike Rincón - Europa Press

Sin embargo, la jueza consideró que no es pertinente emitir el informe en este momento procesal. Señaló que, tras las alegaciones sobre los cronogramas aportados, la finalidad de la ejecución es únicamente asegurar el cumplimiento de la resolución judicial, resolviendo posteriormente sobre plazos y modo de cumplimiento.

Recurso del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena

Por otro lado, el mismo juzgado estimó el recurso de reposición presentado por el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, que alegaba que la Generalitat de Cataluña no puede considerarse parte ejecutada, al no ser deudor en el título ejecutivo.

La resolución acoge la tesis del Gobierno de Aragón y confirma la no intervención de la Generalitat de Catalunya en la ejecución de la sentencia relativa a las pinturas de Sijena.

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