El acusado de agredir sexualmente a una mujer con discapacidad intelectual, en el juicio que ha comenzado este miércoles en la Audiencia Provincial de Barcelona

El acusado de agredir sexualmente a una mujer con discapacidad intelectual, en el juicio que ha comenzado este miércoles en la Audiencia Provincial de Barcelona EP

El pulso de la ciudad

La Audiencia de Barcelona condena a 21 años de cárcel el Mosso juzgado por violar a una joven con discapacidad

El agente engañó a la víctima haciéndose pasar por profesor de una academia de masajes para que accediera a las prácticas sexuales

Otros: Prisión provisional para atracador de Barcelona que robó en varias tiendas y asaltó a taxistas

Leer en Castellano
Publicada

Noticias relacionadas

La Audiencia de Barcelona ha condenado a 21 años de prisión al Mosso d'Esquadra acusado de agredir sexualmente de forma continuada a la pareja de su hijastro, una joven con discapacidad psíquica, tras urdir un engaño haciéndose pasar por profesor de una academia de masajes para que accediera a las prácticas sexuales.

Según la resolución que ha hecho pública este viernes el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), la sección 3 de la Audiencia de Barcelona le condena a 16 años de prisión por un delito de agresión sexual continuada con abuso de situación mental y penetración, y a otros cinco años de cárcel por un delito de pornografía con abuso de relación de confianza.

Prohibido acercarse a la víctima

En ambos delitos, el tribunal ha apreciado la concurrencia de la atenuante de reparación del daño causado, y la Fiscalía solicitaba inicialmente para el procesado una pena de 27 años de prisión.

Además de las penas de cárcel, la sentencia le impone la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de la víctima, de su domicilio, lugar de estudio o trabajo, así como de comunicarse con ella por un tiempo superior en 10 años a la pena de prisión por el primer delito, y en seis años respecto al segundo.

Inhabilitación y libertad vigilada

El tribunal también ha dictado para el condenado una pena de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidas, que conlleven contacto regular y directo con personas menores de edad por un tiempo superior en 15 años a la duración de las penas de prisión.

Asimismo, se le aplicará una medida de libertad vigilada de ocho años, que se ejecutará con posterioridad a las penas privativas de libertad.

En concepto de responsabilidad civil, el acusado ha sido condenado a indemnizar a la víctima con 60.000 euros por los daños morales derivados de ambos delitos, cantidad que se incrementará con los intereses previstos por la ley hasta su completo pago.