El Ayuntamiento de Barcelona que preside Ada Colau se ha visto obligado a anular dos actos que tenía previsto llevar a cabo ya que incumplían la normativa electoral. Los dos actos, convocados en el distrito de Sant Martí los días 13 y 14, contravenían la legislación que rige los periodos de campaña electoral.
Los dos actos que pretendía llevar a cabo el Ayuntamiento estaban organizados para destacar algunos de las actuaciones puestas en marcha por el gobierno municipal en los últimos tiempos en el distrito de Sant Martí. Concretamente, el día 13 se pretendía informa sobre un nuevo proyecto de urbanización de las calles Auger y Jubany, y en el pasaje Foret, las tres situadas junto a la rambla Prim. Y el día 14 se quería hacer un acto muy similar, en esta ocasión en el salón de actos del Museu Blau, aunque en este caso para ofrecer información a los vecinos sobre el caso de las dioxinas y los malos olores que algunas industrias provocan en el barrio.
Aunque en un principio el Ayuntamiento se había negado a desconvocar estos actos, la denuncia que JuntsxCat ha puesto ante la Junta Electoral de Zona ha obligado a los convocantes de los mismos a anularlos antes de arriesgarse a que fueran obligados a hacerlo por la JEZ. La denuncia de JuntsxCAt se ha basado en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), que establece en su artículo 50 la prohibición de organizar o financiar, directa o indirectamente, por cualquier poder público actos “que contegan alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que se utilicen imágenes o expresiones coincidentes a las utilizadas en sus propias campañas por algunas de las entidades polìticas concurrentes a las elecciones”. También prohíbe “realizar cualquier acto de inauguración de obras o servicios públicos o proyectos de estos...”.
Pese a ello, el consistorio no ha anulado definitivamente los actos y está previsto que ambos se lleven a cabo durante el mes de enero del año próximo, cuando ya no tengan influencia en el periodo electoral.