La alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, ha dado otra muestra de la peculiar manera de actuar que tiene el consistorio barcelonés: anuló un concurso por razones de “interés público” cuando el plazo de presentación de propuestas había acabado hacía meses y además nadie se había presentado a ese concurso. Una auténtica manera de rizar el rizo. Pero también de tapar un fracaso más del gobierno municipal, que hubiese quedado en mal lugar si tuviese que declararlo desierto.

La historia tiene su intríngulis: el Gobierno municipal de Barcelona declaró la nulidad de un concurso mediante el que quería dotar a la Guàrdia Urbana con 10 furgonetas de atestados, que prestarían su servicio durante cinco años. El concurso fue convocado en el mes de junio del pasado año y anulado en el mes de octubre. Oficialmente, se achacó esta medida a causas de “interés público”, al no tener presupuesto aprobado para el presente ejercicio.

CONTRATACIÓN PÚBLICA

Según el informe de la jefe del Departamento de Administración Económica y Contratación, Marta Martí, el presupuesto de la licitación era de 1.125.000 euros, con IVA incluido, y abarcaría el uso de los vehículos hasta el año 2024 “con medidas de contratación pública sostenible”, una de las fórmulas que el consistorio barcelonés ha hecho servir durante esta legislatura.

El plazo para la presentación de ofertas terminó el 30 de julio del año pasado, pero ningún empresario ni ninguna compañía presentó oferta alguna para este servicio. En otoño, el Ayuntamiento decidió “dejar sin efecto la licitación de suministro en la modalidad de arrendamiento de 10 furgonetas de atestados para la Guardia Urbana durante 60 meses”. El informe de Martí señalaba que “según los datos disponibles, el impacto del presupuesto 2019 (capítulos 2 y 4) respecto del vigente 2018 es del -7,90%”.

En otras palabras, que los recortes del consistorio barcelonés para el 2019 serán de casi un 8%. Y eso teniendo en cuenta que el capítulo 2 aludido, en el que se engloban los gastos corrientes en bienes y servicios crece este ejercicio de 665,1 a 672,5 millones de euros (un 1,1% de incremento), mientras que las transferencias corrientes del capítulo 4 pasan de 1.076,1 a 1.095,2 millones de euros (un 1,8% de aumento).

UN TENIENTE DE ALCALDE “AUSENTE”

La concejal socialista Montserrat Ballarín preguntó al primer teniente de alcalde, Gerardo Pisarello, sobre este recorte durante la última comisión de Economía celebrada el pasado 15 de enero. Ballarín blandió el documento de Marta Martí en esa reunión y subrayó que la prórroga de los presupuestos sí tiene consecuencias en los presupuestos municipales, a la vez que exigía que el teniente de alcalde detallase esas consecuencias. Pisarello evitó entrar en detalles y afirmó no conocer el documento en el que se hablaba de ese recorte del 7,9%.

Pero lo cierto es que, ante estos números, los responsables municipales consideraban que “la concreción del marco presupuestario 2019 obliga a repriorizar las diferentes acciones para el ejercicio 2019 y, por tanto, a aplazar aquellos proyectos que permiten un retraso y que éste no afecta a corto plazo ni a la seguridad de los cuerpos de la Guàrdia Urbana ni al servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento ni a la población de la ciudad”. Es así como se decidía dejar sin efecto la licitación varios meses después de que ésta muriese en un cajón municipal sin empresarios que la pretendiesen.

MOTIVOS JUSTIFICADOS

El informe jurídico, al que ha tenido acceso Metrópoli Abierta, destaca que “la decisión de no adjudicar un contrato por parte del órgano de contratación antes de su adjudicación por razones de interés público obliga a definir qué se entiende por interés público”. Y recuerda que para evitar la discrecionalidad administrativa, la ley dispone que “no se puede promover una nueva licitación de su objeto mientras subsistan las razones alegadas para fundamentar la renuncia”.

En el expediente tramitado para las furgonetas de la Guàrdia Urbana, los juristas reconocen que “la limitación del margen de crecimiento del presupuesto corriente para el ejercicio 2019 y la tensión que provoca en el capítulo 1 por el impacto de la aplicación del convenio de condiciones laborales” es motivo suficiente a que, por motivos presupuestarios, “quedan suficientemente justificados los motivos de interés público que existen para decidir la no adjudicación de este contrato”.

El informe jurídico aludido, no obstante, advierte que “el órgano de contratación competente para adoptar el acuerdo de decidir la no adjudicación del contrato es el Consell Municipal, de acuerdo con el artículo 11 de la Carta Municipal de Barcelona, que le otorga la competencia para contratar obras y concesiones de toda clase si el importe supera los 2.500 millones de pesetas [15 millones de euros] y también si se trata de contratos y concesiones plurianuales de una duración superior a los 4 años, o de plurianuales de menos duración si el importe acumulado de sus anualidades es superior a la cuantía señalada más arriba”.

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