Colau y ERC, obligados a retirar los carteles que vulneran la ley electoral
Junts per Catalunya presentó una denuncia ante la Junta Electoral un día después de una información de 'Metrópoli Abierta'
20 mayo, 2019 21:32Noticias relacionadas
ERC y Barcelona en Comú, los partidos que lideran Ernest Maragall y Ada Colau, tendrán que retirar los carteles y pancartas que vulneran la ley electoral en Barcelona. Según una resolución de la Junta Electoral, presentada a instancias de Junts per Catalunya, las dos formaciones deberán sacar del espacio público toda la propaganda que vulnera la Ley Orgánica del Régimen Electoral General y el principio de igualdad.
El pasado día 15, Metrópoli Abierta ya público una información en el que denunciaba las irregularidades de ERC y Barcelona en Comú. Este medio pudo comprobar que las vulneraciones de la normativa se había cometido junto a la plaza de la Marina, en el distrito de Sants-Montjuïc, en el caso del partido de Colau, y en la confluencia de las calles de Còrsega y de Dos de Maig, en Sant Martí, en el caso de ERC. Fuentes de Junts per Catalunya aseguran que ERC y Barcelona en Comú han contravenido la norma en toda Barcelona. Junts per Catalunya presentó la denuncia el 16 de mayo.
EN CONTRA DE LA ORDENANZA DE CIVISMO
En muchas de las situaciones, los carteles y pancartas también van en contra de la Ordenanza de civismo, aprobada por el propio Ayuntamiento de Barcelona a finales del 2005. La normativa, aprobada en tiempos de Joan Clos, dice que queda prohibida la colocación de carteles en el espacio público salvo en los lugares habilitados para ello. En el caso de tratarse de propiedades privadas será necesario el permiso del titular del inmueble y del Ayuntamiento si el cartel "vuela sobre el espacio público", es decir si se encuentra en la fachada principal.
Por su parte, la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. El artículo 55 indica que los ayuntamientos tienen que reservar "lugares especiales gratuitos para la colocación de carteles y, en su caso, pancartas y carteles colgados a postes o farolas por el sistema llamado de banderolas. La propaganda a través de las pancartas y banderolas sólo podrá colocarse en los lugares reservados como gratuitos por los Ayuntamientos". La misma ley añade que "aparte de los lugares especiales gratuitos indicados en el apartado anterior", los partidos "solo pueden colocar carteles y otras formas de propaganda electoral en los espacios comerciales autorizados".