Para hacer uso de la zona de carga y descarga, también conocida como AreaDUM en Barcelona es necesario disponer de un móvil desde que el Ayuntamiento cambió el sistema. Esto representa una discriminación y vulnera el principio de igualdad, según la actuación de oficio emprendida por la Síndica de Barcelona, Maria Assumpció Vidal.
Las opciones son descargarse una APP que permite gestionar el permiso para aparcar o enviar un sms, esta segunda opción con el coste del mensaje que cobre el operador. La defensora de la ciudadanía ha advertido al Ayuntamiento que tiene que garantizar el acceso al ÁreaDUM a todo el mundo que necesite utilizarla, independientemente de que disponga o no de dispositivo de telefonía móvil y del sistema operativo que utilice.
Para ello recomienda que se compagine el antiguo disco horario con la aplicación telemática creada y la revisión de las sanciones impuestas hasta ahora atendiendo las alegaciones de las personas interesadas.
QUEJAS DE USUARIOS
La síndica abrió el año pasado la citada actuación de oficio, cerrada el 10 de marzo, después de recibir seis quejas entre 2015 y 2016 entre asesoramientos y expedientes con resolución. La mayoría las reclamaciones hacen referencia a la necesidad de tener que disponer de teléfono móvil para poder utilizar estas zonas y a tener que descargarse la aplicación diseñada a tal efecto pensada sólo para software IOS y Android.
Las personas reclamantes exponen que no disponer de la aplicación hace necesario tener que enviar un SMS, lo que tiene un coste. También hay quien expresa la dificultad de tener que hacer uso de las nuevas tecnologías (per razones de edad, por ejemplo) y consideran que se les está discriminando.
En la resolución, la síndica recuerda que la tecnología informática ha supuesto avances notables en la gestión de muchos asuntos públicos y comporta que en muchos procedimientos la relación de la ciudadanía con la Administración se lleve a cabo por medios electrónicos. Pero la brecha digital existe y es necesario garantizar que la transformación pública tradicional en Administración electrónica no disminuya los derechos. Según Vilà, la edad o el coste de las conexiones pueden condicionar o, incluso, impedir a la ciudadanía a relacionarse electrónicamente con la Administración.
En la página web municipal, donde se informa sobre el ÁreaDUM, se dice explícitamente: “Para estacionar en el ÁreaDUM necesitas un móvil” y “tu estacionamiento será válido únicamente si lo registras vía App o SMS”, lo que comporta un coste cuando se utiliza SMS, a la vez que no se prevé el acceso al ÀREADUM a las personas que no dispongan de dispositivos móviles.
En opinión de la síndica, se obliga a disponer de un móvil para estacionar, obligatoriedad que no está regulada por ninguna ley, lo que supone una vulneración muy clara del principio de igualdad al que tiene que ajustarse la Administración pública en la utilización de las tecnologías de la información.