La puesta en marcha de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) continúa generando dudas entre los conductores. Más allá de la polémica que la medida ha causado, las zonas de restricción o los distintivos correspondientes en función del vehículo son cuestiones sobre las que se siguen generando preguntas.
Además, hay determinadas indicaciones cuyo desconocimiento puede deberse al discreto anuncio que han tenido. Buen ejemplo de ello es que las sanciones económicas a quienes incumplan la normativa no se interpondrán hasta el próximo mes de abril, entre otras.
ZONA DE AFECTACIÓN
La Zona de Bajas Emisiones engloba a la ciudad de Barcelona, excepto el barrio del Tibidabo, Vallvidrera y les Planes y la Zona Franca. L'Hospitalet de Llobregat, así como parcialmente los municipios de Esplugues, Cornellà y Sant Adrià de Besòs también están afectados.
Paralelamente, otras localidades como Sant Just Desvern han optado por incluir alguna de sus callles en este plan a modo de prueba.
Respecto a las Rondas, se podrá circular por ellas siempre y cuando no se tome una de las salidas enmarcadas en la ZBE, ya que habrá un lector de matrículas instalado en cada una para multar al conductor en caso que opte por ello.
VEHÍCULOS
Los vehículos afectados por esta medida serán los coches de gasolina anteriores al año 2000 y diésel anteriores a 2006. Las furgonetas previas a 1994 y los ciclomotores y motocicletas cuya primera matriculación se ha realizado antes de 2003, también contarán con restricciones. Los vehículos históricos tampoco se salvan del veto.
Como compensación, los poseedores de estos medios de transporte dispondrán de 10 días de autorización personal al año para acceder a la ZBE. Los servicios de emergencia sí podrán circular con normalidad independientemente su carácter contaminante.
Las restricciones se escenificarán los días laborables entre las 7 y las 20 horas. Durante la noche, el fin de semana y los días festivos, no se aplicará esta medida.
DISTINTIVOS
La DGT cuenta con los distintivos B, C, Eco y 0 para los vehículos considerados "no contaminantes". Los turismos de gasolina matriculados a partir del año 2000 y los diésel a partir del 2006 cuentan con el distintivo B. Aquellos que cuenten con más de ocho plazas y sean pesados, independientemente de su tipo de combustible, disponen esta pegatina si son posteriores a 2005.
La etiqueta C está reservada para turismos y furgonetas ligeras que daten de 2006 en adelante en caso de que su combustible sea la gasolina, y a partir de 2014 si es el diésel, así como si el vehículo tiene más de 8 plazas y es pesado.
La pegatina Eco se destina a los híbridos no enchufables, híbridos enchufables con autonomía inferior a 40 kilómetros, los propulsados por gas natural y aquellos que se muevan gracias al gas licuado del petróleo. Finalmente, la 0 emisiones son para los vehículos eléctricos y los eléctricos híbridos enchufables con más de 40 kilómetros de autonomía o con pila de combustible.
NORMATIVAS EUROPEAS
El año de referencia para otorgar los distintivos equivale a determinadas normativas europeas sobre emisiones. Así, también se puede conocer cual es la pegatina adecuada mediante este criterio en caso de que el vehículo reposte gasolina o diésel.
Los turismos de gasolina que cumplen con la normativa Euro 3 y los diésel que hacen lo propio con la Euro 4 equivalen a la marca B. Por su parte, la C está disponible para los vehículos que se rigen por la Euro 4, 5 y 6 en gasolina y la Euro 6 en caso de diésel.
SANCIONES
Desde el próximo mes de abril, el Ayuntamiento del municipio en el que se haya infringido la restricción interpondrá multas de entre 100 y 1.803 euros en función de la gravedad y la reincidencia de la infracción.
Pese a ello, la sanción más habitual será la de 100 euros, pensada para entradas puntuales en la ZBE por parte de vehículos contaminantes en horario de prohibición vigente.