24 años de cárcel por matar a su exmujer con 46 cuchilladas
La Audiencia de Barcelona ha confirmado la pena contra el agresor
20 agosto, 2019 20:10Noticias relacionadas
La Audiencia de Barcelona ha confirmado este martes la pena de 24 años de cárcel para un vecino de Badalona condenado por haber asesinado en junio de 2016 a su exmujer. El hombre atestó 46 cuchilladas a su pareja después de que ésta decidiera poner fin a la relación sentimental que mantenían.
La Sala civil y Penal ha acordado desestimar el recurso de apelación interpuesto por el agresor, L.C.L., en prisión provisional desde 2016, y ha ratificado la condena por asesinato con alevosía y ensañamiento con el agravante de parentesco y género.
INDEMNIZACIONES
Ha acordado, además, mantener las indemnizaciones de 100.000 y 90.000 euros para la madre y el hermano de la víctima, así como la orden de alejamiento de 1.000 metros de los mismos.
L.C.L. fue condenado como autor del crimen de su exmujer, que fue hallada semidesnuda en el domicilio familiar, después de que éste desistiera de su idea inicial de fugarse a Francia y se entregara en una comisaría de los Mossos d'Esquadra.
Los hechos se produjeron en 2016, cuando la víctima, de 40 años, resolvió terminar la relación de pareja que mantenía con L.C.L. desde hacía dos décadas, un hecho al que el asesino se oponía y que lo llevó a registrar sus pertenencias hasta descubrir que ella estaba con otro hombre.
ACTITUD POSESIVA
Por ese motivo, según la sentencia, decidió urdir un plan, fingió aceptar el final de la relación y propuso a la víctima pasar un último fin de semana juntos en la vivienda común con el único propósito de "acabar con su vida".
Así se lo comunicó a un compañero de trabajo horas antes de asesinar a su expareja, a la que apuñaló 46 veces con dos cuchillos y golpeó con una porra extensible, por lo que L.C.L. fue condenado también por un delito de tenencia ilícita de armas.
De acuerdo con la Audiencia, el agresor "actuó con desprecio de la condición de mujer de la víctima y con intención de dominio de la misma" y presentó durante toda la relación una "actitud posesiva y controladora".
"DESPRECIO DE GÉNERO"
La Sala recalca también que el propósito de L.C.L fue "negar a la víctima su derecho a separarse de él y a mantener relaciones con otras personas", motivación que ve "suficiente" para fundamentar el agravante de "desprecio de género".
En su recurso, el condenado negó haber cometido el crimen con alevosía y ensañamiento, aseguró que los mensajes que mandó a su compañero mostraban sólo "su profunda decepción y tristeza por la infidelidad de su pareja" y también que hubo un forcejeo entre ambos.
Alegó, además, que la mató "potenciado por la decepción y ofuscación" de que la víctima quisiera terminar con él y bajo los efectos de la cocaína, pese a que el jurado rechazó la aplicación del atenuante por drogadicción.
Sin embargo, para la Sala, "el proceder del jurado debe considerarse plenamente razonable" dado que el relato del acusado no es "congruente con la descripción de los indicios del delito" y tampoco existe "ningún dato objetivo que autorice a creer que la víctima hiriera al acusado antes de que este decidiera matarla".
Además, ha recalcado, el agresor actuó "con la intención de causar a la víctima el mayor dolor y consciente de que (las 46 puñaladas) eran innecesarias para su propósito de acabar con su vida".