La nueva Audiencia de Barcelona estará lista para 2029

La nueva Audiencia de Barcelona estará lista para 2029 DAVID ZORRAKINO - EUROPA PRESS

Sucesos

Condenada una mossa que falsificó el certificado de C2 de catalán en 2020

La defensa reclamó la absolución alegando que no fue la procesada quien manipuló el certificado y que, aunque así fuera, no se consumó el engaño, ya que la falsificación fue detectada a tiempo

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La Audiencia de Barcelona ha condenado a una agente de los Mossos d'Esquadra por falsificar su certificado de nivel C2 de catalán, semanas antes de opositar para una plaza de cabo.

Los hechos se remontan a septiembre de 2020 y, por este suceso, el tribunal ha fallado seis meses de prisión, inhabilitación y una multa de 1.800 euros para la policía. 

La sección séptima ha concluido que se ha producido un delito de falsedad documental oficial, por el título que la opositora subió a la plataforma intranet. 

Solicitud de absolución 

Pese a que la acusada, "sin ofrecer más explicaciones", negase ser la autora del delito, la sentencia considera probado que fue ella quien a través de su perfil administrativo, de uso personal e intransferible, accedió a la intranet y presentó el documento, que le proporcionaba mayor puntuación en los concursos a los que pretendía optar.

La defensa de la mossa ya ha anunciado que tiene intención de recurrir la sentencia, según fuentes judiciales. El juicio se celebró el pasado 9 de febrero, y la Fiscalía solicitaba en él un año y nueve meses de cárcel, con una multa de 2.700 euros. 

La defensa reclamó la absolución alegando que no fue la mossa quien manipuló el certificado y que, aunque así fuera, no se consumó el engaño, ya que la falsificación fue detectada a tiempo.

Exterior de la Audiencia de Barcelona, donde ha sido condenado el culturista

Exterior de la Audiencia de Barcelona, donde ha sido condenado el culturista

"Dominio funcional"

En contraposición a la postura de la defensa, la sala finalmente ha dictaminado que "no es relevante si fue la misma acusada u otra persona quien materialmente creó el documento falso", pues basta con que haya tenido "dominio funcional de la acción" para que sea considerada autora del delito.

Sin embargo, a la hora de establecer la condena, el tribunal ha acordado que la condena sea de seis meses de cárcel y de inhabilitación al no apreciar otros factores que "incrementen la reprochabilidad de la conducta" de la acusada.

En esta línea, se ha desestimado el argumento presentado por la defensa alegando a la "inocuidad" de la falsificación por ser "tan burda, grosera y manifiesta" que sería "apreciada sin dificultad" por quien debiera analizar el título, ya que considera que "la diferencia entre el certificado auténtico y el falso no es tal que haga a este aparecer como evidentemente inválido".