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Economía

Los anuncios de alquiler en Barcelona deberán incluir nuevos datos desde octubre: qué cambia

El decreto Maricarmen obliga a informar sobre el índice de referencia del alquiler, los límites legales de la renta y la condición de gran tenedor cuando corresponda

Más información: Lorenzo Viñas: "El piso que sale del mercado de alquiler no va a volver"

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Los anuncios de viviendas en alquiler deberán ofrecer más información a los posibles inquilinos a partir de este mes de octubre.

El Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, introduce nuevas obligaciones para la publicidad de los arrendamientos en España, que también afectan a quienes anuncian pisos en Barcelona.

La norma entró en vigor el 8 de octubre y establece que las ofertas de alquiler deben respetar los principios de veracidad y transparencia. Además, prohíbe omitir o distorsionar información relevante cuando pueda inducir a error a las personas interesadas en la vivienda.

El objetivo es que los futuros inquilinos dispongan de datos suficientes para conocer las condiciones del inmueble y comprobar si el precio anunciado está sujeto a límites legales.

Nuevos datos obligatorios

El artículo 20 del real decreto-ley detalla la información que deberá incluir la publicidad de los arrendamientos.

Uno de los cambios afecta a las viviendas situadas en zonas de mercado residencial tensionado, donde los anuncios tendrán que incorporar el índice de referencia del precio del alquiler previsto en la normativa vigente.

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Viviendas en el Poble-sec EUROPA PRESS

También será obligatorio informar del límite de renta aplicable cuando el alquiler esté sujeto a restricciones legales.

En esos casos, el anuncio deberá indicar la normativa y los parámetros que determinan ese límite, según las circunstancias de la vivienda.

Entre los datos que pueden resultar relevantes figura la renta del contrato anterior de arrendamiento de vivienda habitual, cuando corresponda utilizarla para determinar el precio máximo permitido.

La norma contempla, además, la inclusión del número, código o título identificativo de la vivienda arrendada cuando proceda, así como la condición de gran tenedor del arrendador cuando resulte aplicable.

Fachada de un edificio de viviendas en Barcelona

Fachada de un edificio de viviendas en Barcelona David Zorrakino - EP

¿Quién debe facilitar la información?

La responsabilidad de proporcionar los datos exigidos corresponde a quienes anuncian la vivienda en alquiler. Los propietarios deberán comprobar qué información resulta aplicable a su inmueble y facilitarla al publicar la oferta.

En el caso de los anuncios difundidos a través de plataformas inmobiliarias, la norma también plantea la necesidad de que los datos aportados por los anunciantes permitan cumplir con estas obligaciones.

La información sobre aspectos como la condición de gran tenedor o la renta de un contrato anterior depende de las circunstancias de cada arrendamiento.