El 9 Graons en una imagen de archivo

El 9 Graons en una imagen de archivo Google Maps

Eixample

Revés judicial a Colau: el TSJC anula la expropiación 'a la baja' de un parking con amianto en Barcelona

El tribunal estima, de forma parcial, las demandas de los antiguos propietarios del inmueble, y obliga al Ayuntamiento a devolver los costes descontados para demoler el edificio

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Tirón de orejas al Ayuntamiento de Barcelona. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha estimado parcialmente una demanda contra el consistorio de la capital catalana por la expropiación del parking del paseo de Sant Joan destinado a ampliar los espacios del colegio 9 Graons del Eixample.

Ubicado en los números 122-124 de la céntrica avenida de la ciudad, el consistorio culminó la expropiación del inmueble en julio de 2022 por un precio de 714.541 euros. A esta cifra, el Ayuntamiento, liderado en aquel momento por Ada Colau, le había restado ya 44.064 euros en concepto de las futuras obras de derribo.

Sin embargo, el máximo órgano judicial autonómico ha declarado ilegal la rebaja y ha considerado que no se debían haber deducido los costes de derribo de las edificaciones. En consecuencia, el TSJC ha ordenado que se revise el precio para incorporar los gastos restados al jutsiprecio pagado a los antiguos propietarios del inmueble, que estaba destinado a un parking.

Interior del parking del paseo Sant Joan

Interior del parking del paseo Sant Joan Ayuntamiento de Barcelona

Sin amparo legal

El tribunal se apoya en la jurisprudencia de la misma sala para estimar el recurso de la antigua propiedad. En su resolución aclara que la decisión del consistorio "no tiene amparo legal" porque es "una fórmula que no recoge el Reglamento de valoraciones de la Ley del Suelo".

"La valoración del justiprecio se ha de ajustar al estado y a las circunstancias relativas al bien objeto de valoración", apunta la sentencia, que añade además que se produce "una distorsión del método valorativo aplicable".

"No pueden introducirse de modo indirecto, como sucede en este caso, minusvaloraciones o sobrevaloraciones que no estén expresa o implícitamente previstas en la regulación aplicable", sentencia.

Fuentes municipales consultadas por Metrópoli han asegurado que no se va a recurrir la resolución judicial pese a ser desfavorable al Ayuntamiento. "Se está esperando a que sea firme", apuntan. Las mismas fuentes aseguran que se va a proceder al pago de la cantidad que se descontó en el momento de la expropiación.

Patio actual del colegio 9 Graons

Patio actual del colegio 9 Graons 9 Graons

Cuatro años para expropiarlo

Los hechos se remontan a 2018, cuando el Ayuntamiento de Barcelona aprobó el Plan Especial Urbanístico y de Mejora Urbana para la regulación de diversos suelos de equipamientos urbanos en el ámbito del Distrito de l'Eixample.

Una de las fincas afectadas por el planeamiento era la ubicada en el paseo Sant Joan objeto de sentencia por parte del TSJC. La expropiación culminó en 2022 tras "un largo proceso", tal como aseguró el mismo Ayuntamiento en un comunicado.

El parking llegó a acumular quejas por parte de los padres y familias de los alumnos, que alertaban del posible impacto en la salud de los menores por las partículas que podían desprenderse de las cubiertas de fibrocemento del inmueble, un material cancerígeno. Sin embargo, el Ayuntamiento descartó esta posibilidad amparado en las distintas pruebas y mediciones que se habían llevado a cabo tras las quejas y hasta la negativa de que sus hijos salieran a jugar al patio de la escuela. El Consorci llegó a clausurar el patio del centro durante dos semanas y media para llevar a cabo las pruebas.

Interior del patio del colegio 9 Graons de Barcelona en 2022

Interior del patio del colegio 9 Graons de Barcelona en 2022 Ayuntamiento de Barcelona

Una vez expropiado, el consistorio llevó a cabo las obras de desamiantado y derribo, antes de destinarlo a la ampliación del centro educativo modular, inaugurado durante el año 2017-2018.

El tribunal rechaza el resto de reclamaciones

Si bien el TSJC ha estimado las peticiones de los antiguos propietarios en lo que se refiere al descuento del derribo, en la sentencia, el tribunal rechaza el resto de reclamaciones.

En primer lugar, los expropiados exigían elevar el justiprecio total hasta los 874.147 euros, una pretensión que la sala descarta porque en su hoja de aprecio inicial solo habían tasado el recinto en 818.000 euros. Los magistrados recuerdan que estas valoraciones previas marcan el límite legal y que los tribunales "no pueden dar más de lo solicitado por los expropiados y menos de lo ofrecido por la Administración".

Escuela 9 Graons de Barcelona / AYUNTAMIENTO DE BARCELONA

Escuela 9 Graons de Barcelona / AYUNTAMIENTO DE BARCELONA

Tampoco acepta el TSJC la intención de los dueños de valorar el pasillo de entrada al parking como si fuera un local comercial estándar para encarecer la factura. Los antiguos propietarios aportaron estudios de mercado de otros locales de la zona, pero la sentencia desmonta esta comparativa argumentando que las muestras aportadas "se refieren a locales comerciales con escaparates, pavimentos cerámicos, aseos", mientras que el espacio expropiado es simplemente un "local de acceso aparcamiento, que está acondicionado con pavimento apropiado para su uso de aparcamiento, sin aseos ni escaparates".

Por último, la sala avala las mediciones de superficie hechas por el Jurado de Expropiación y rechaza la reclamación de los expropiados, quienes aseguraban que el acceso tenía más metros cuadrados de los contabilizados.

El tribunal zanja este punto dando la razón a la Administración, argumentando que la versión de los dueños carece de pruebas "ya que no se presenta topográfico que lo contradiga, ni siquiera plano con las mediciones".