Los Mossos desalojan el edificio okupado de "La Rimaia"
Una decena de familias, algunas con niños pequeños, vivía en el inmueble de la Ronda de Sant Pau
14 junio, 2017 09:06Noticias relacionadas
Efectivos de los Mossos d'Esquadra están procediendo a desalojar desde primera hora de la mañana, por orden judicial, el edificio ocupado de Barcelona conocido como "La Rimaia", en donde residen una decena de familias.
Según un portavoz de los Mossos, el desalojo se ha iniciado hacia las 6 de la mañana y no se están registrando incidentes relevantes. Diversas personas se han concentrado en el exterior del edificio, situado en la Ronda de Sant Pau número 12 de la capital catalana, para apoyar a los desalojados.
El pasado mes de noviembre, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos suspendió el desalojo de esta edificio para estudiar una demanda presentada por las familias residentes en el inmueble mientras estudiaba el caso.
El desalojo del inmueble, un edificio de la calle Sant Pau de Barcelona con viviendas de lujo que nunca han sido compradas ni alquiladas, ya fue ordenado el pasado 11 de julio y los Mossos d'Esquadra tenían previsto ejecutarlo el 25 de octubre pasado, aunque acabó suspendiéndolo por "razones de orden público".
Paralelamente, tanto el Ayuntamiento de Barcelona como la CUP enviaron escritos al juzgado que instruye el caso para pedir la suspensión del desalojo, teniendo en cuenta que en la vivienda residen varias familiares vulnerables, algunas con hijos menores.
Aunque no es parte en el proceso judicial abierto por la ocupación del inmueble, el Ayuntamiento de Barcelona pidió al juzgado que suspendiera el desalojo, en el marco de los protocolos firmados con el TSJC para garantizar una respuesta coordinada de las administraciones en caso de desahucios de familias vulnerables.
Paralelamente, el Ayuntamiento abrió un expediente al propietario del edificio "La Rimaia" por "mantener el edificio vacío sin justificación durante décadas", desde 1993.
Según el expediente, el propietario habría incumplido la función social del inmueble prevista en el artículo 41 de la Ley del Derecho a la Vivienda de Catalunya, aprobada en 2007, al haber rechazado de forma reiterada las medidas de fomento para destinar estos pisos al alquiler, por lo que el consistorio le puede imponer una sanción de entre 25.000 y 500.000 euros.